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El Consejo de Estado apoya la prohibición de los anuncios de prostitución


REGULACIÓN | No descarta extender la prohibición a otros medios

Europa Press | Efe | Madrid

El Consejo de Estado considera "plausible prohibir o, al menos, limitar severamente los anuncios de prostitución en la prensa" siempre y cuando el Gobierno apruebe una ley específica para ello, aunque considera que "no debiera instrumentalizarse mediante su tipificación de ilícito penal", según un informe elaborado al respecto a petición de la ex ministra de Igualdad y actual titular de la Secretaría de Estado homónima, Bibiana Aído.

Para el organismo consultivo, sería necesario aprobar una disposición con rango de ley, "en concreto, una ley prohibitiva de la actividad", que permitiera al Ejecutivo acometer esta restricción.

El Consejo propone modificar el artículo 8 de la Ley General de Publicidad para que se incluya un apartado que prevea dicha prohibición, aunque estima que no es la fórmula "más adecuada".

Además, este órgano no se limita a la prensa, y hace referencia a la televisión e internet. Sobre la televisión, cree que debe considerarse el establecimiento de una prohibición expresa no sólo en el horario de protección infantil, sino también "en otros horarios más amplios", y en cuanto a internet opina que hay que analizar "la pertinencia de establecer algún tipo de limitación".

El informe considera que la prohibición de estos anuncios "persigue un fin legítimo" y se trata de "una medida racionalmente relacionada con la consecución del fin", que a su vez, es "razonable" y "proporcional" porque "no se coligen medidas alternativas menos restrictivas de los derechos que permitan alcanzar la misma eficacia en el logro de la finalidad perseguida".

El Consejo de Estado argumenta que "la regulación vigente resulta insuficiente para prohibir en la prensa escrita, con carácter general, la publicidad de la prostitución" porque "no existe una habilitación legal" que lo permita y "porque tampoco se puede obtener la desaparición general de dicha publicidad mediante ninguno de los instrumentos de defensa previstos en la Ley".

Sobre este asunto, explica que en el caso de la publicidad de prostitución, en España "la autorregulación se ha mostrado insuficiente y baldía pese a las iniciativas adoptadas o impulsadas por los poderes públicos". Es un mecanismo "manifiestamente insuficiente para alcanzar la finalidad perseguida de hacer desaparecer" estos anuncios, explica el informe.

Además, considera que la limitación de eventuales subvenciones públicas o la eliminación de la publicidad institucional en los medios que contengan este tipo de anuncios tampoco serviría para la "consecución" de la erradicación de la publicidad de contactos.

El texto reconoce que la existencia de la prostitución es "innegable" y que su relevancia económica se trasluce también en los medios de comunicación que, a juicio del Consejo, "se benefician del negocio" de la publicidad de esta actividad.

Límites de la libertad de expresión

Por otra parte, el Consejo analiza la compatibilidad de esta prohibición con la libertad de expresión que recoge la Constitución Española y concluye que "pese a la consideración como comunicación" de la publicidad, "es posible establecer prohibiciones a su contenido -mediante el correspondiente instrumento legal- siempre que la publicidad lesione o ponga en peligro bienes jurídicos protegidos por el ordenamiento".

En opinión del órgano consultivo, los anuncios de contactos pueden "superar los límites de la libertad de expresión fijados en 'la protección de la juventud y de la infancia' (artículo 20.4 de la Constitución)" así como podrían "no compadecerse adecuadamente" con el artículo 39.4 según el cual "los menores gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos".

En conclusión, señala que "es preciso recurrir a otros instrumentos que aseguren la eficacia de la finalidad perseguida y, en concreto, a una ley prohibitiva de la actividad" ya que considera que "tratar de limitar la difusión de una actividad tolerada pero no bien considerada por el ordenamiento mediante la prohibición de la publicidad de los anuncios constituye un fin legítimo y el medio empleado, la interdicción, resulta racional, razonable y proporcionado".

La prostitución, 'mercadería' de mujeres

El documento parte de que la prostitución es "un fenómeno que tiene especial incidencia en el ámbito femenino" ya que en su mayoría, "las mujeres se convierten en un objeto de consumo" asumiendo uno de los roles "más extendidos" en la publicidad, que es, según el Consejo de Estado, "aquél que convierte a las mujeres en mercadería".

"La mera oferta de servicios sexuales, aún libre y voluntaria, así lo comporta", explica el informe, para incidir en que "por la simple finalidad del anuncio, las mujeres son objeto de una desvalorización completa que pugna frontalmente con su dignidad como persona y es incompatible con los bienes y valores jurídicos reconocidos en la Constitución y en las leyes
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