ES DE CACHONDEO O NO???? - Foro Spalumi

    
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  #1  
Antiguo 15-01-2008, 14:41
 Avatar de Reblen
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ES DE CACHONDEO O NO????


1. PREGUNTA
a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).

2. PREGUNTA:

a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.

RESPUESTA: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).

3. PREGUNTA:

a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.

RESPUESTA: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.

4. PREGUNTA:

a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.

RESPUESTA: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

5. PREGUNTA:

a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.

RESPUESTA: El acoso sexual tendría menos pena según el articulo 184.2 del Código Penal.

6. PREGUNTA:

a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.

RESPUESTA: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

7. PREGUNTA:

a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.

RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave, a tenor del articulo 630 del Código Penal

8. PREGUNTA:

a) Juan fotocopia una página de un libro.
b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'Los Ángeles de Charlie'.

RESPUESTA: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.

Ala chavalotes, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad, pero no uséis el emule.

A esto hay que darle la mayor vuelta posible por toda la red a ver si alguien con criterio pone algún remedio !!!
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  #2  
Antiguo 15-01-2008, 15:02
 Avatar de pocholo443
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ES CACHONDEO O NO????


La verdad es que tiene gracia las leyes que tenemos , pero con este ejemplo tan simple que pone reblen , te das cuenta de verdad lo que es la justicia.

Muy bueno Reblen esta claro que es mejor pegar y violar que copiar del emule

Que cabezas pensantes tenemos de políticos .... ( todos incluidos) no se salva ninguno .

Los jueces que son los que implantan las leyes , no se dan cuenta de esto? joder joderrrrrrrr asi nos va a la gente decente , creo que estas leyes solo esta hecha para los malhechores

Corto que me caliento.......

Un saudo
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  #3  
Antiguo 16-01-2008, 01:45
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ES ASI


POr desgracia, la interpretacion de las leyes da lugar exactamente a lo qeu dice el post.
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  #4  
Antiguo 16-01-2008, 01:46
 Avatar de jjgm
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sin palabras me has dejado Reblen


:shock: :shock: :shock: :shock: Asi me has dejado Reblen :shock: :shock: :shock:
Joder como esta el patio, y todo es por el puto dinero; esa es la unica verdad: la justicia en España crea leyes exprofeso para defender intereses economicos, de gente que nos exprime hasta la sangre

Pues.... el que quiera mi sangre.... QUE ME LA CHUPE :twisted:
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  #5  
Antiguo 16-01-2008, 02:41
 Avatar de J.David
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Una aclaración:

Los jueces no implantan las leyes ni la justicia crea leyes.

La leyes las aprueban las Cortes Generales (Congreso y Senado) compuestos ambos cuerpos por representantes del pueblo elegidos cada cuatro años en las elecciones legislativas. (arts. 66, 68, 69 y 81 a 92 Constitución Española.)

El Poder Judicial lo único que hace es aplicar las leyes pues los jueces están sometidos al imperio de la ley.
"La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley" (art. 117.1 Constitución Española)

Los jueces tienen responsabilidad si aplican mal las leyes, pero no tienen la culpa de que éstas estén mal hechas.
La responsabilidad sería de los Diputados y Senadores que forman dichos cuerpos colegisladores.

Por otra parte, totalmente de acuerdo con lo expuesto por Reblen.
Un saludo.
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  #6  
Antiguo 16-01-2008, 12:10
 Avatar de Juss
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Si yo os contara mi opinión sobre los "señores" de la $GA€ y su dichoso canon me tendrían que banear del foro por incumplimiento salvaje de las normas

Solo una cosita. A partir de ahora cuando os compréis un móvil le estaréis pagando las putas a Teddy Bautista, Ramoncín y cia, ya que este año le han puesto canon a los móviles con MP3. Cuando os compréis una tarjeta de memoria para el móvil también pagaréis canon. Y cuando os descarguéis un tono también pagaréis canon ¿sigo?

Si quereis mas información os recomiendo que visitéis:
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Para los que digan que el canon son unos centimitos de nada les diré que todas las fábricas de CD's y DVD's en España han tenido que cerrar porque ya no podían competir con las marcas extranjeras. Igual futuro le veo a los fabricantes de discos duros, que también llevan canon. Y después el señor Alejandro Sanz se queja de que la cosa está muy mal, un señor que tiene una mansión en Miami con mayordomos y criadas. Manda huevos :evil: :evil:

Conclusión: menudo chollo se han montado los de la $GA€. Y no me meto con los políticos que han permitido esto porque las normas del foro me lo impiden, pero me se de unos que han perdido mi voto
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  #7  
Antiguo 16-01-2008, 12:25
 Avatar de Raider
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Como me voy a poner de musiquita del Corte Inglés!! Espero que algun chivato del foro no cuente por ahi mis intenciones, pero pienso pasar cada dia a por un CD!!

Hombre, y ya puestos, me cojo un coche cada dia, asi no tengo que esperar a que me devuelvan el mio... Hay un concesionario de Aston Martin cerca de mi casa; creo que empezare por alli!!

En serio... Menuda mierda de leyes judiciales tenemos; sigo sin entender a los colegas que estudian o que han estudiado derecho por vocación; pero que vocación puede existir en hacer gilipolleces como las que cuenta Reblen!!
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  #8  
Antiguo 16-01-2008, 12:37
Primeros pasos
 
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Realmente da miedo...


Da miedo saber el puro que te pueden meter simplemente por fotocopiar un articulo de un libro o bajarte musica de internet. Y todo para pagar los vicios de gente como ramoncin que cuantos años hace que no vende nada?
Un saludo
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  #9  
Antiguo 16-01-2008, 13:44
 Avatar de koraii
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  #10  
Antiguo 16-01-2008, 15:48
 Avatar de Juss
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Ese es un cartelito de la RIAA, la $GA€ norteamericana. Me hizo bastante gracia. A esos también los "quieren" mucho en su país, después de hincharse a demandar a miles de ciudadanos por descargarse unas canciones
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  #11  
Antiguo 16-01-2008, 17:14
 Avatar de LaDuendeDelParke
Primeros pasos
 
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Joder! Buenisimo... Copio y pego. Vamos con tu permismo...

Yo tiré un par de minis al Ramoncín junto a otros miles de personas en un festival de cuyo nombre no quiero acordarme...

GRaNdisimos Hijos De Puta!
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  #12  
Antiguo 16-01-2008, 17:38
 Avatar de fotografo
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Se nota que has vuelto.


Cita:
Iniciado por LaDuendeDelParke
Joder! Buenisimo... Copio y pego. Vamos con tu permismo...

Yo tiré un par de minis al Ramoncín junto a otros miles de personas en un festival de cuyo nombre no quiero acordarme...

GRaNdisimos Hijos De Puta!
Bienvenida Duende.

Dando caña, que se note que estás presente. :twisted:

Ahora con ésto de que nos cobran cánon......... da más gusto bajarse cosas de Internet, etc, etc.......... quien roba a un ladrón, tiene cien años de perdón. :twisted:

Saludos.
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  #13  
Antiguo 16-01-2008, 18:06
 Avatar de Juss
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Ruego moderación en los comentarios, no quisiéramos que los de la $GA€ nos demandaran por injurias como hicieron con putasgae.com.

Ya te vale Duende, mira que malgastar un par de minis con semejante personaje. Menudo desperdicio
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  #14  
Antiguo 16-01-2008, 18:19
 Avatar de Sexman
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Ejemplos de aplicación del canon


Algunos ejemplos de aplicación del canon (extraídos de un correo que está circulando en la red):

1 ordenador con 160gb de disco duro (22 EUR de canon)
1 regrabadora de dvd's de ordenador (16,67 EUR de canon)
1 impresora multifunción (10 EUR de canon)
1 cámara de fotos con memoria para 200 fotos (9 EUR de canon)
1 reproductor de dvd de salón (6,61 EUR de canon)
1 Equipo de música de salón (0,60 EUR canon)
1 línea adsl 1 MB (35 EUR canon anuales)
200 cd's vírgenes para grabar diversos datos (50 EUR de canon)
100 dvd's vírgenes para grabar diversos datos (140 EUR de canon)

Para los interesados, os recomiendo el siguiente link:

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Por la preocupación de Juss, el contenido de la web no es difamatorio ni puede entenderse que daña a la SGAE, sólo es producto de la libertad de expresión y participación política que tenemos garantizadas todos los ciudadanos en la Constitución.

Respecto a los ejemplos de Reblén, absolutamente de acuerdo, es vergonzoso, y las comparaciones son aún más sangrantes en materia de drogas para los camellos y pequeños traficantes (por la severidad de las sanciones quiero decir, en comparación con otros delitos).

Salu2
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  #15  
Antiguo 16-01-2008, 18:31
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Aquí tenéis la lista de soportes gravados con el canon, y las tarifas aplicadas a cada uno:

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Da auténtica grima ver los porcentajes en los que se aumenta el precio de algunos dispositivos. Por ejemplo el canon sobre un disco duro supone el 23.4% del precio total, y el canon sobre un tambor de 100 CD-R supone un incremento del 43.9%

A mi el estado no me cobra tanto en impuestos (porcentualmente hablando) :evil: :evil: :evil: :evil:
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  #16  
Antiguo 16-01-2008, 23:44
 Avatar de maldini
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Fenomenal post,dónde se ve la edad mental de los que nos gobiernan.Completamente de vergüenza!!!

Recuerdo la definición de ley que promulgó el "padre" del Derecho,Tomás de Aquino:

"Es la ordenación de la razón dirigida al bien común dictada por el que tiene a su cargo el cuidado de la comunidad y solemnemente promulgada".

Si levantara la cabeza y viera los despropósitos que están cometiendo,se metía a ciencias
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  #17  
Antiguo 24-01-2008, 11:47
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Bajarse archivos es delito ???


Como continuación del hilo, adjunto un artículo publicado en el mundo.es sobre el asunto, me pareció interesante.



Descargarse archivos por P2P, ¿es delito?
Estimado Don Carlos, acabo de instalar el ADSL y quería preguntarle si incurro en algún tipo de delito si instalo el famoso Emule y descargo en mi Pc música, películas etc.. Se comenta en la red que si lo hago sin animo de lucro alguno no cometeria delito alguno.
Actualizado martes 22/01/2008 10:24 (CET)

Por Carlos Sánchez-Almeida
MADRID.- Diversos internautas se han dirigido al Abogado del Navegante planteando la misma consulta, con distintos matices. A pesar de los múltiples debates surgidos en la Red en los últimos años, persisten las dudas de muchos usuarios sobre la legalidad de la utilización de servicios P2P para descargar obras intelectuales.

¿Es delito?
Ante todo debe hacerse una precisión, necesaria por la gran desinformación que han sembrado diferentes grupos de interés: no toda vulneración de la Ley de Propiedad Intelectual es constitutiva de delito. Debemos diferenciar entre delitos e infracciones civiles: sólo los primeros pueden tener como consecuencia una condena penal de privación de libertad.

Para que una conducta que afecte a los derechos de autor sea perseguible con arreglo al Código Penal deben darse las circunstancias previstas en el artículo 270 de dicho código: reproducción, plagio, distribución o comunicación pública de una obra, en todo o en parte, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero.

Un usuario de Internet que desde su domicilio intercambia obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual no comete delito alguno si dicha conducta se realiza sin ánimo de lucro, concepto éste que según la Circular 1/2006 de la Fiscalía General del Estado "no puede tener una interpretación amplia o extensiva, sino que debe ser interpretado en el sentido estricto de lucro comercial".

En cierta manera, la ausencia de sentencias judiciales al respecto viene a refrendar la posición de la Fiscalía. No se ha dictado en España ninguna sentencia contra usuarios por compartir música o cine a través de programas P2P: los escasos pronunciamientos judiciales han sido absolutorios.

Las muy publicitadas operaciones policiales contra las descargas en la Red fueron en realidad actuaciones dirigidas contra portales de enlaces P2P, a los que las acusaciones imputan ánimo de lucro comercial, y que en ningún caso han llegado todavía a sentencia firme. Es ilustrativo en este sentido el caso Sharemula, en el que se dictó un auto de archivo que fue recurrido por la acusación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

¿Infracción civil?
Cabe matizar, no obstante, que aun no siendo constitutiva de delito, la actividad de intercambio de obras intelectuales protegidas por derechos de autor, sí puede constituir una infracción civil de la Ley de Propiedad Intelectual, que podría llevar aparejada la obligación de indemnizar.

La reciente reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, operada por la Ley 23/2006, de 7 de julio, considera comunicación pública "la puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija", definición ésta en la que encajan los archivos compartidos en redes P2P.

Antes de la reforma del año 2006, se argumentaba que las descargas de música y películas podían subsumirse en la definición de copia privada establecida en el artículo 31.2 de la Ley de Propiedad Intelectual. La reforma de 2006 ha reducido notablemente el ámbito de dicho precepto: debe tratarse de reproducciones realizadas por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente, siempre que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, y quedando excluidas las bases de datos electrónicas y los programas de ordenador.

¿Es posible ser demandado por compartir archivos de música y películas?
Es posible ser demandado, pero es altamente improbable.

Hasta la fecha no se ha presentado ninguna denuncia o querella criminal contra simples usuarios de programas P2P, y la Circular 1/2006 de la Fiscalía General del Estado supone un importante elemento de disuasión para los acusadores que quisiesen explotar la vía penal.

Queda abierta, no obstante, la posibilidad de presentar demandas civiles en reclamación de indemnizaciones económicas, contra los usuarios que ponen obras intelectuales a "disposición interactiva", en la medida que ello pueda suponer un perjuicio para la normal explotación de la obra. Pero el demandante puede encontrarse con un problema de prueba irresoluble: para poder responsabilizar a los usuarios que comparten sus archivos, aquellos previamente deberían ser identificados. Y para ello, un juez civil debería autorizar una intervención de comunicaciones, cuya privacidad está garantizada por el artículo 18 de la Constitución.

A raíz de una demanda interpuesta por la asociación Promusicae ante el Juzgado de lo Mercantil 5 de Madrid, tuvo ocasión de pronunciarse la Abogada General del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, cuyo dictamen no es vinculante pero sí ilustrativo del estado de la cuestión. Promusicae había solicitado por vía judicial a Telefónica que le comunicase los nombres y direcciones de determinados usuarios de Internet a los que había identificado a través de las denominadas direcciones IP, así como la fecha y hora de su conexión. La conclusión de la Abogada evidencia las dificultades de prueba a las que se enfrentan los procesos civiles contra usuarios de Intenet:


El deber de protección del Estado no tiene un alcance tal que tengan que ponerse a disposición del titular del derecho medios ilimitados para esclarecer las infracciones. Al contrario, nada cabe objetar a que determinados medios de averiguación queden reservados a las autoridades estatales o no estén disponibles.

Como conclusión, puede afirmarse que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual de 2006 ha colocado fuera de la ley civil a la mayor parte de los internautas españoles, pero difícilmente serán demandados. Quizás habría que preguntarle a nuestros parlamentarios qué sentido tiene legislar de espaldas a la realidad.

Y de paso, mandarles leer el Quijote:


"No hagas muchas pragmáticas; y si las hicieres, procura que sean buenas, y, sobre todo, que se guarden y cumplan; que las pragmáticas que no se guardan, lo mismo es que si no lo fuesen; antes dan a entender que el príncipe que tuvo discreción y autoridad para hacerlas, no tuvo valor para hacer que se guardasen; y las leyes que atemorizan y no se ejecutan, vienen a ser como la viga, rey de las ranas: que al principio las espantó, y con el tiempo la menospreciaron y se subieron sobre ella".

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Salu2


Sexman
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  #18  
Antiguo 24-01-2008, 13:20
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Los ciudadanos nos hemos acostumbrado a pagar por lo que sea a cualquiera
y ,claro,pasan estas cosas.Esto no pasarìa si el castigo popular ante estas medidas fuese fulminante...perder un partido unas elecciones.., caer en el desprestigio.. etc.... hasta que la gente no aprenda a defender sus derechos de manera contundente los sinverguenzas y los politicos nos seguiran tratando como vacas a las que ordeñar,esto es,pagad.. pagad,, malditos ..pagad y callad.Repugnante.
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  #19  
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Si miramos el lado positivo:
Una vez que pagamos el canon del HD, del CD o DVD y del Móvil.
Ya no debería tener ninguna penalización por descargarme musica, pasarla a un CD para el coche o cargarla en mi móvil para oirla cuando me de la gana, ya que eso es lo que estoy pagando. Incluso dejarsela a mis amiguetes, ya que al ddejarles el CD el canon va con el, y si ellos la fusilan, como es sobre otro CD que ha pagado canon, pues no es delito. ¿NO?.
Por favor señores de la $GA€ aclárenme esta duda.
Por cierto Juss el anagrama $GA€ no está sujeto a Copiright ¿verdad?, si no, ya sabes que te debo 20€.

Por cierto sabéis quien os aparece en segundo lugar de las opciones avanzadas del buscador google si ponéis LADRONES :twisted:
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  #20  
Antiguo 25-01-2008, 00:03
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Y del cine que?


Tampoco estais reflejando que si se descarga una película española (vale, será en pocos casos, pero siempre puede ser), estas pagando un doble canon. Por una lado el del soporte informático en el que la bajas y la copias, y por otro la generosa subvención que habrá recibido del ministerio de cultura a costa de nuestros impuestos. Al igual que se puede elegir entre dar la pasta a la iglesia católica o a ONGs, tendría que existir la opción de decir si se prefiere que nuestro dinero vaya a parar a los chupópteros, o a mejorar las carreteras de este país, por ejemplo, para evitar asi los accidentes de tráfico
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  #21  
Antiguo 25-01-2008, 10:11
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  #22  
Antiguo 25-01-2008, 10:53
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OPINO IGUAL


Cita:
Iniciado por mOOm
Si miramos el lado positivo:
Una vez que pagamos el canon del HD, del CD o DVD y del Móvil.
Ya no debería tener ninguna penalización por descargarme musica, pasarla a un CD para el coche o cargarla en mi móvil para oirla cuando me de la gana, ya que eso es lo que estoy pagando. Incluso dejarsela a mis amiguetes, ya que al ddejarles el CD el canon va con el, y si ellos la fusilan, como es sobre otro CD que ha pagado canon, pues no es delito. ¿NO?.
Por favor señores de la $GA€ aclárenme esta duda.
Por cierto Juss el anagrama $GA€ no está sujeto a Copiright ¿verdad?, si no, ya sabes que te debo 20€.

Por cierto sabéis quien os aparece en segundo lugar de las opciones avanzadas del buscador google si ponéis LADRONES :twisted:
Al final con esto del cánon, lo que van a conseguir es que se piratee más y con más ganas.

Si nos tocan las narices los consumidores consumiremos más piratería.

Todavía no lo he podido comprobar pero creo que aún hay tiendas de venta de consumibles (DVD, CD, etc) donde no han aplicado el cánon, puesto que tienen exceso de stocks y para darlos salida mantienen el mismo precio que tenían el año pasado.

Ya os informaré.

Saludos.
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  #23  
Antiguo 28-01-2008, 21:40
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Sabio supremo
 
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Pienso exactamente igual que Boticario.
Espero que no nos baneen por duplicidad (que es broma).
Un saludo.
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