Sobre el proxenetismo y el Código Penal - Foro Spalumi

    
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  #1  
Antiguo 21-11-2008, 19:37
Párvulo
 
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Sobre el proxenetismo y el Código Penal


No se trata de generalizaciones. [Sólo los usuarios registrados pueden ver los enlaces e imágenes. ]:

Cita:
1. El que determine, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, a persona mayor de edad a ejercer la prostitución o a mantenerse en ella, será castigado con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de 12 a 24 meses. <b>En la misma pena incurrirá el que se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma.</b>
Vamos, que es un delito. También hay un [Sólo los usuarios registrados pueden ver los enlaces e imágenes. ] sobre este delito y sus diferentes grados. Y tampoco hay escapatoria: el que se lucra de la prostitución ajena ejerciendo de jefe de las chicas, es un delincuente.

La Ley sólo permite lo que (teóricamente) hacen los locales: facilitar las instalaciones y cobrar a las chicas por su alquiler y a los clientes por el acceso al local y las copas. O bien lo que hacen los apartamentos, que cobran por el apartamento y no por la chica. En ningún caso pueden seleccionar a las chicas, imponer horarios, turnos ni descansos, que es justamente lo que hace la pareja que regenta este piso. Así hemos visto cómo en esta casa varias chicas hacían doblete, por la mañana en Povedilla y por la tarde en el chalet.

Cada uno con su conciencia hace lo que quiera pero que nadie se engañe: estamos colaborando con un delito. Y yo no voy a hacerlo.

Perdón por el off-topic. Si los administradores lo consideran necesario, que abran este artículo en un hilo aparte.
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  #2  
Antiguo 21-11-2008, 19:45
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Re: Palacio de los Deportes. Palacio del Placer


Siempre que se estableza una relacion entre el hecho de recibir dinero y dar un servicio sexual en un lugar regentado con ese proposito, imponiendo obligaciones por parte de la "empresa" a cambio de recibir una compensacion economica, es proxenetismo. Otra cosa es tener un Hotel, las chicas un habitacion , que se encuentre en el una discoteca y las chicas se lleven a "clientes" a sus habitaciones, es bastante distinto como dice el compañero, con el cual estoy deacuerdo con parte de su mensaje, incluidas la fotos.
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  #3  
Antiguo 21-11-2008, 19:49
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Re: Palacio de los Deportes. Palacio del Placer


Sres. moderadores.....
¿porque tanta ley y tanto artículo no lo movéis a otro hilo??
Es interesante sí, pero en este hilo que se hable de experiencias, tanto buenas como malas de las chicas, que es lo que en general no interesa, creo yo, no??.

Sin acritud, amigos.
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  #4  
Antiguo 21-11-2008, 20:10
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Re: Palacio de los Deportes. Palacio del Placer


Cita:
Iniciado por flojero Ver Mensaje
Sres. moderadores.....
¿porque tanta ley y tanto artículo no lo movéis a otro hilo??
Es interesante sí, pero en este hilo que se hable de experiencias, tanto buenas como malas de las chicas, que es lo que en general no interesa, creo yo, no??.

Sin acritud, amigos.
Este no es el lugar adecuado para hablar de esto. Su sitio debe estar en temas generales.
Recuerdo a todos que este hilo es para hablar de experiencias como bien dice flojero.
He enviado un mensaje a los señores moderadores para que tengan a bien cambiarlo de lugar si es posible.
Por otra parte coincido plenamente por lo aportado por Neato en su comentario.
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  #5  
Antiguo 21-11-2008, 21:51
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Re: Sobre el proxenetismo y el Código Penal


Posts separados de
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Dejemos el otro hilo para hablar de experiencias con las chicas del piso

Un saludo
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  #6  
Antiguo 21-11-2008, 22:17
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Re: Sobre el proxenetismo y el Código Penal


Cita:
Iniciado por aaron-madrid Ver Mensaje
En ningún caso pueden seleccionar a las chicas, imponer horarios, turnos ni descansos, que es justamente lo que hace la pareja que regenta este piso.
Esto lo hace el 90% de los pisos.
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  #7  
Antiguo 21-11-2008, 22:45
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Re: Sobre el proxenetismo y el Código Penal


Tambien a decir verdad las que cobran son las chicas, lo cual tampoco implica a el piso totalmente
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  #8  
Antiguo 22-11-2008, 00:25
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Re: Sobre el proxenetismo y el Código Penal


El artículo 188 del CP titulo 8, capitulo 5 dice así:

1. El que determine, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, a persona mayor de edad a ejercer la prostitución o a mantenerse en ella, será castigado con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de 12 a 24 meses. En la misma pena incurrirá el que se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma.
2. Se impondrán las penas correspondientes en su mitad superior, y además la pena de inhabilitación absoluta de seis a 12 años, a los que realicen las conductas descritas en el apartado anterior prevaliéndose de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público.
3. Si las mencionadas conductas se realizaran sobre persona menor de edad o incapaz, para iniciarla o mantenerla en una situación de prostitución, se impondrá al responsable la pena superior en grado a la que corresponda según los apartados anteriores.
4. Las penas señaladas se impondrán en sus respectivos casos sin perjuicio de las que correspondan por las agresiones o abusos sexuales cometidos sobre la persona prostituida.

Actualmente ejercer la prostitución, no es un delito.
La ley solo castiga a los que se beneficien de la explotación de terceros en este sentido, el proxenetismo si es un delito.
Puedes vender tu cuerpo o hacer lo que quieras conveniente con ella siempre mientras seas tu quien toma la decisión sin ningún tipo de presión y ser la única beneficiaria directa. Pero tampoco es una actividad reconocida como legítima, ya que la gente que trabaja en ello no tiene reconocidos sus derechos, esta situación de alegalidad es la que mueve hoy la prostitución.
Por un lado, existen desde hace tiempo fuertes presiones por parte de los empresarios de los clubes de alterne, ANELA para que se reconozca el alterne como actividad legítima. Esta presión puede llevar a que se legalice la situación irregular que hoy tienen los clubes, admitiendo la actividad de alterne como los empresarios plantean, pero dejando sin reconocimiento legal el ejercicio de la prostitución que se da en estos locales, ejercicio que hoy se da bajo las condiciones que imponen los empresarios, sin que las trabajadoras puedan gozar de ningún derecho que recorte las tendencias empresariales de sobreexplotación laboral.
Seguiremos el ejemplo de otros países? el tiempo lo dirá.

Referente a los menores de edad la ley es mas explicita y más estricta, como podemos ver en el artículo 187 y 189 del mismo CP:

Artículo 187.

1. El que induzca, promueva, favorezca o facilite la prostitución de una persona menor de edad o incapaz, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro

2. Incurrirán en la pena de prisión indicada, en su mitad superior, y además en la de inhabilitación absoluta de seis a doce años, los que realicen los hechos prevaliéndose de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público.
3. Se impondrán las penas superiores en grado a las previstas en los apartados anteriores, en sus respectivos casos, cuando el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades



Artículo 189.
1. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:
1. El que utilizare a menores de edad o a incapaces con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera de estas actividades.
2. El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido.
2. El que para su propio uso posea material pornográfico en cuya elaboración se hubieran utilizado menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión o con multa de seis meses a dos años.
3. Serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años los que realicen los actos previstos en el apartado 1 de este artículo cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
1. Cuando se utilicen a niños menores de 13 años.
2. Cuando los hechos revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
3. Cuando los hechos revistan especial gravedad atendiendo al valor económico del material pornográfico.
4. Cuando el material pornográfico represente a niños o a incapaces que son víctimas de violencia física o sexual.
5. Cuando el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades.
6. Cuando el responsable sea ascendiente, tutor, curador, guardador, maestro o cualquier otra persona encargada, de hecho o de derecho, del menor o incapaz.
4. El que haga participar a un menor o incapaz en un comportamiento de naturaleza sexual que perjudique la evolución o desarrollo de la personalidad de éste, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año.
5. El que tuviere bajo su potestad, tutela, guarda o acogimiento a un menor de edad o incapaz y que, con conocimiento de su estado de prostitución o corrupción, no haga lo posible para impedir su continuación en tal estado, o no acuda a la autoridad competente para el mismo fin si carece de medios para la custodia del menor o incapaz, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.
6. El ministerio fiscal promoverá las acciones pertinentes con objeto de privar de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, en su caso, a la persona que incurra en alguna de las conductas descritas en el apartado anterior.
7. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis meses a dos años el que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere o facilitare por cualquier medio material pornográfico en el que no habiendo sido utilizados directamente menores o incapaces, se emplee su voz o imagen alterada o modificada.
8. En los casos previstos en los apartados anteriores, se podrán imponer las medidas previstas en el artículo 129 de este Código cuando el culpable perteneciere a una sociedad, organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades.


Artículo 190.
La condena de un Juez o Tribunal extranjero, impuesta por delitos comprendidos en este capítulo, será equiparada a las sentencias de los Jueces o Tribunales españoles a los efectos de la aplicación de la circunstancia agravante de reincidencia.
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  #9  
Antiguo 22-11-2008, 02:20
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Re: Sobre el proxenetismo y el Código Penal


María Jesús, se nota que sabes de lo que hablas, pero no es a lo que yo iba. Yo me limito a resaltar la parte final del primer punto del artículo, es decir:

Cita:
Iniciado por maria jesus Ver Mensaje
En la misma pena incurrirá el que se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma.
Que es la que establece que el que regenta un piso de chicas e impone cualquier condición, está cometiendo un delito de proxenetismo. No puede ser nunca su jefe sino sólo alquilarles la habitación y cobrar al cliente por los extras: entrada, copas, etc.

En la mayoría de los pisos, como nos confirman algunas chicas y como es fácilmente apreciable, hay un jefe que selecciona a las chicas, impone días de trabajo y horarios y se queda con una parte de lo que la chica cobra por servicio. Y eso es ilegal.

Y yo no colaboro con delincuentes. Así que se acabaron los pisos.
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  #10  
Antiguo 22-11-2008, 02:39
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Re: Sobre el proxenetismo y el Código Penal


Digo que no seran delincuentes asta que haya una sentencia que los condenes como tales, respecto a lo que indica Maria Jesus , hay bastantes sentencias -una especialmente de hace unos meses de Galicia- que dejan la puerta muy abierta a una "presunta relacion laboral".
Saliendo del tema , hace unos meses en una casa que no voy a decir cual es, una chica "colombiana" con su madan colombiana tambien me comento que estaba en esa casa sin salir, sin poder llamar y hacer nada, porque tenia una deuda con esa señora que la habia pagado el billete y todos los demas gastos, se quedaba la totalidad de sus ingresos, y dormian en otra casa. La verdad que me partio el corazon, yo creo por lo que he vivido -pisos y clubs- porque en los club tambien hay "parientes" que esperan a las chicas, incluso que residen en sus habitaciones, la mayoria de las personas ejercen la prostitucion de forma libre y con plena conciencia de lo que hacen. pero tambien hay -quizas una minima parte- que se les induzca a ello. Tambien quizas sea la sociedad como sistema, ¿habeis observado que cada dia hay mas españolas, jovenes y de mediana edad?, que cada vez hay diferentes mujeres jovenes que empiezan a entrar en este mundo. ¿no sera el sistema como tal el principal inductor a escojan este camino? por otra parte un camino que sino ocupasen ellas, no se que seria de esta sociedad porque evidentemente lo unico que hacen es cubrir las necesidades de muchas personas que por unas u otras causas eligimos tener contactos sexuales con ellas, contactos que obviamente no es el mismo que con una pareja propia, pero que para nosotros es vital. Yo desde aqui alzo mi voz para pedir que se regule todo esto, principalmente laboralmente con derechos y obligaciones que sera la unica forma de hacer un oficio libre y evitar los proxenetas que evindetemente de una u otra forma existen.
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  #11  
Antiguo 25-11-2008, 11:19
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Re: Sobre el proxenetismo y el Código Penal


Para que todos lo entiendan, un club por ejemplo debe tener una licencia de comercializar bebidas para poder cobrarlas, y una licencia de hostal al menos para poder cobrar la plaza que corresponde al precio por alojamiento y en algunos casos comida.
Imaginaos que al presentar la declaración de la renta tengáis que adjuntar los recibos de cada polvo que hayáis echado, menudo escándalo en casas de algunos.
En caso de actuar como en las casas de hoy en día que te piden un tanto %, te imponen un horario y de mas, seria legal si la prostitucion seria reconocida como un trabajo renumerado, entonces si. Mientras tanto no, la única manera que esos locales sobrevivan es que estén untando por allí para evitar problemas.
En las agencias pasa lo mismo, te alquilan las chicas como si fuera mercancía y a ellas les piden el x%. Pues tampoco es que sea legal, por lo contrario no tendríamos que buscar y rebuscar para poder encontrar una oficina a la vista de todos.
En esta vida todo funciona a base de mamoneo. Y un día un amigo me dijo que las medias no son buenas ni para las mujeres. Razón tenía.
Si legalizan el tema, habría dos caminos: una de seguir como autónomo, y levantar una empresa propia y declarar tus impuestos; o otra de trabajar para los locales con contratos donde se estipulen todas las condiciones necesarias y ser firmado se mutuo acuerdo.
Si se legalizaría, la prostitucion callejera estaría prohibida y castigada por ley.
El tema tiene pros y contras, depende de que punto de vista lo mirariamos.
Una casa es diferente, por que no puede cobrarte las copas ya que cometería un delito al no tener permiso para comercializarlo, y el alquiler es lo único que les podría cobrar a las chicas legalmente, una suma de dinero fijado por un tiempo ya sea mes, semana o día, pero para ello hay que firmar papeles entre el propietario y las chicas. De esa manera cuando la policía aparezca por allí, cosa que siempre pasa, el propietario se lava sus manos y las chicas tampoco cometen ningún delito por que cada una se vende a ella misma y eso hoy en día es alegal o sea ni va ni viene. Después de unas preguntas y dar por culo un rato las dejaran en paz.
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  #12  
Antiguo 25-11-2008, 14:01
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Re: Sobre el proxenetismo y el Código Penal


El problema aquí es que la hipocresía se vende muy cara. ¿Porqué la prostitución en España es alegal y sin embargo es el pais de Europa Occidental con mayor número de prostitutas?.
El lobby feminista es muy fuerte en todos los partidos políticos nacionales y hacen auténtico tapón para que no se legisle sobre el tema. Aducen causas morales. De esta manera no se puede legalizar esta profesión porque se basa en un concepto inmoral que es la explotación del cuerpo de la mujer por parte del hombre.
Pero lo que es un hecho moral de derecho natural para unos no tiene que serlo para otros: los mismos que han luchado para convertir un hecho, la cohabitación entre homosexuales, en un derecho legal y una institución: el matrimonio son lo que abominan de legalizar los diferentes supuestos que se dan en la prostitución.
En España se legisla en materias que atañen a los valores morales de la sociedad por la presión de los diferentes núcleos de poder fáctico (lobbys), ya sean los católicos, los abortistas, los homosexuales, etc... Es más fácil que un dia se permita legalmente que un musulman pueda tener legalmente tres esposas que una puta ver reconocidos sus derechos laborales y cotice por ello.

Respecto a los pisos, donde hay dueños, tarifas, comisiones y horarios está claro lo que dice el Código Penal, pero también es cierto que hay leyes que están hechas para no ser cumplidas nunca. Para empezar las FSE no intervienen en los pisos casi nunca salvo que haya constancia de un delito grave (tráfico de drogas, trata de blancas, malos tratos etc...), entre otras cosas porque para los Ayuntamientos supone un alivio que las chicas puteen en pisos a que incrementen el número de las que están por las calles, que es lo que pasaría en muchos casos si se clausuraran los pisos de relax y ese supuesto no lo quieren ver ni en pintura.
Todos los organismos oficiales saben perfectamente lo que se produce en los pisos, no tienen más que echar una ojeada a cualquier sección de contactos de cualquier periódico de tirada nacional, de izquiera a derecha, del ABC al El Pais. Sencillamente no intervienen porque no interesa.

Yo siempre ha abogado por legalizar de una vez por todas la prostitución, derechos y deberes de las profesionales dentro del Estatuto de los Trabajadores y también la legalización de los pisos y clubs como cualquier otro negocio con una regulación estricta de lo que se puede hacer y lo que no, pero claro...yo no soy un lobby.
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