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  #11  
Antiguo 08-10-2013, 17:51
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Sabio
 
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Cita:
Iniciado por rubic Ver Mensaje
Y yo tengo una cosa que se llama presunción de inocencia, amparada por la Constitución Española.

Una cosa es hablar de conductas que quedan registradas como, por ejemplo, un trámite administrativo formalizado a través de una solicitud, o de un incidente que tenga lugar en una dependencia administrativa, y otra cosa es hablar de conversaciones privadas, que se mantienen entre dos ciudadanos libres, en plena calle, y que nadie ha escuchado ni registrado.

Lo siento, pero no me convences. No tienen manera de demostrar que yo voy a intercambiar dinero por sexo o que la chica con la que mantengo una conversación en la calle para hacerlo es prostituta (no llevan un cartel que lo diga, que yo sepa). Esta nueva reglamentación municipal es simplemente disuasoria y todas las multas que se recurran al respecto, si es que algún policía es tan tonto como para tramitarlas, serán declaradas nulas de pleno derecho.
Bendita inocencia...
Constitución Española:

Título Primero:

Artículo 35

1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

Artículo 47

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.

etc. etc.
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Etiquetas
callejera, controles, prostitucion, sanciones


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