Sanciones y controles por prostitución callejera - Foro Spalumi
    
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  #1  
Antiguo 08-10-2013, 19:27
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Iniciado por clavijo Ver Mensaje
Bendita inocencia...
Vamos a ver, compañero, no te digo esto por mal, pero deberías de tratar de evitar el sentar cátedra en temas sobre los que, con todos los respetos, no andas muy fino. Porque de Derecho Constitucional andas un poco flojo, siendo suaves.

El "derecho" a la vivienda no es un derecho en sí, sino un principio rector de la política social y económica. Se supone que debe orientar la actuación política y no puede ser demandado ante la justicia ordinaria porque es simplemente eso: un principio orientador.

La presunción de inocencia, sin embargo, es un derecho fundamental y puede ser instado ante cualquier orden jurídico y, además de ser prioritario, ha de respetarse obligatoriamente. Además, una normativa municipal nunca, nunca, puede vulnerar un derecho fundamental reconocido como tal en la Constitución, ya que entonces sería una norma ilegal o inconstitucional.

En cuanto al derecho al trabajo, que tampoco es un derecho fundamental, en ninguna parte dice que el Estado tenga que garantizarte un puesto de trabajo vitalicio por tu cara bonita, a cambio de nada (eso sí que es inocencia bendita, compañero) sino que tienes derecho a ejercerlo libre y dignamente.

En fin, como se suele decir: la ignorancia es atrevida. Para evitar malos rollos o que alguien se pueda sentir ofendido en un futuro, quizá sería interesante el practicar un poco de humildad cuando se opina sobre temas sobre los que no se tienen conocimientos demasiado profundos.

Sin acritud.
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  #2  
Antiguo 08-10-2013, 20:11
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Vamos a ver, compañero, no te digo esto por mal, pero deberías de tratar de evitar el sentar cátedra en temas sobre los que, con todos los respetos, no andas muy fino. Porque de Derecho Constitucional andas un poco flojo, siendo suaves.

El "derecho" a la vivienda no es un derecho en sí, sino un principio rector de la política social y económica. Se supone que debe orientar la actuación política y no puede ser demandado ante la justicia ordinaria porque es simplemente eso: un principio orientador.

La presunción de inocencia, sin embargo, es un derecho fundamental y puede ser instado ante cualquier orden jurídico y, además de ser prioritario, ha de respetarse obligatoriamente. Además, una normativa municipal nunca, nunca, puede vulnerar un derecho fundamental reconocido como tal en la Constitución, ya que entonces sería una norma ilegal o inconstitucional.

En cuanto al derecho al trabajo, que tampoco es un derecho fundamental, en ninguna parte dice que el Estado tenga que garantizarte un puesto de trabajo vitalicio por tu cara bonita, a cambio de nada (eso sí que es inocencia bendita, compañero) sino que tienes derecho a ejercerlo libre y dignamente.

En fin, como se suele decir: la ignorancia es atrevida. Para evitar malos rollos o que alguien se pueda sentir ofendido en un futuro, quizá sería interesante el practicar un poco de humildad cuando se opina sobre temas sobre los que no se tienen conocimientos demasiado profundos.

Sin acritud.
Blah, blah, blah... todo eso son teorías de leguleyos y políticos, pero lo importante es la práctica.
Y en la práctica, yo lo he sufrido en mis carnes (literalmente) o sea que ni tú ni un millón más que me vinieran con esos cuentos me harían mover ni un ápice mi opinión, ni lo que he VIVIDO.
O sea que "un poco de humildad cuando se opina sobre temas sobre los que no se tienen conocimientos demasiado profundos" (pero de los de verdad, sobre el terreno, no de manual y despacho) no te vendría nada mal.

Asimismo, sin acritud.

Que usted lo vote bien.

Última edición por clavijo; 08-10-2013 a las 20:20
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  #3  
Antiguo 08-10-2013, 21:27
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Blah, blah, blah... todo eso son teorías de leguleyos y políticos, pero lo importante es la práctica.
Y en la práctica, yo lo he sufrido en mis carnes (literalmente) o sea que ni tú ni un millón más que me vinieran con esos cuentos me harían mover ni un ápice mi opinión, ni lo que he VIVIDO.
O sea que "un poco de humildad cuando se opina sobre temas sobre los que no se tienen conocimientos demasiado profundos" (pero de los de verdad, sobre el terreno, no de manual y despacho) no te vendría nada mal.

Asimismo, sin acritud.

Que usted lo vote bien.
Pues comparta con nosotros esa experiencia traumática, hombre. Vamos, ¿quién se saltó la presunción de inocencia con usted en un Estado de derecho democrático y social y le sancionó por demandar los servicios de una prostituta en la calle, libremente, aquí en España, así por que sí, por narices? ¿Por qué dice que le hizo sufrir "en sus carnes"? ¿Es que le golpeó el maligno policía? ¿Le pellizco el culete, quizá, a modo de apercibimiento?

¿Y luego que más? ¿bajaron los marcianos verdes y le dispararon con un rayo desintegrador?

¿No se le ocurrió pedirle el número de la placa al agente y denunciarlo ante sus superiores? Sus superiores, sí, los "leguleyos y políticos" que redactan las normas y deciden si a usted se le sanciona o no.

Además, le recuerdo que el que primero citó a "leguleyos" fue usted, copiando y pegando artículos de la Constitución y demostrando su ignorancia al sacarlos de contexto. Entonces, ¿antes le iba bien hablar de leyes y ahora no? Tsk, tsk... no sea niño, caramba.

En fin, siga usted si quiere. Yo ya no le contesto más sobre este tema vista su actitud hostil y no dialogante.
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  #4  
Antiguo 08-10-2013, 21:36
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Seguramente es cierto que en muchos casos estaremos en nuestro derecho de reclamar contra lo que consideremos una sanción ilegal pero algo me dice que muchos optarían por lo que señala el Diario de Sevilla:

"La mayoría de los clientes de prostitutas denunciados en Sevilla desde que entró en vigor la ordenanza, el pasado 28 de octubre, han pagado las multas sin presentar alegaciones. Algunos de los infractores se han presentado incluso en la Delegación de Familia y Asuntos Sociales para efectuar el pago antes de que las denuncias les hayan sido notificadas. De esta manera se evitaba que las sanciones llegaran a sus casas y que los miembros de su círculo familiar se enteraran del motivo de la multa. Además, gozan así de la reducción del 50% por pronto pago."

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¿Que creeis que podrá mas?: Nuestro deseo de defender nuestros derechos o el deseo de que no se entere ni parienta ni familia.
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  #5  
Antiguo 08-10-2013, 22:00
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¿Que creeis que podrá mas?: Nuestro deseo de defender nuestros derechos o el deseo de que no se entere ni parienta ni familia.
A mí lo que me extraña, Jairus, y hablo sin haber profundizado en este caso concreto, es que la Delegación de Familia y Asuntos Sociales de Sevilla sea competente para recaudar las multas por desobediencia a la autoridad... ¿No debería ser esto una competencia de la Policía Municipal, la Delegación de Hacienda y Asuntos Económicos o, incluso, el Ministerio del Interior o Justicia? ¿Qué pinta la Delegada de Familia imponiendo y recaudando sanciones por desobediencia a la autoridad si no tiene responsabilidades sobre la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ni competencias judiciales?

No sé, ni quito ni pongo, pero me suena raro, raro, raro...

Cita:
Iniciado por Jairus Ver Mensaje
"El agente informará al supuesto consumidor de este tipo de servicios en espacios públicos que se trata de una actividad no permitida en virtud a la ordenanza. Si esa persona persistiera en su actitud y no abandonara el lugar podría ser sancionada por desobediencia a la autoridad."
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  #6  
Antiguo 09-10-2013, 00:14
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A mí lo que me extraña, Jairus, y hablo sin haber profundizado en este caso concreto, es que la Delegación de Familia y Asuntos Sociales de Sevilla sea competente para recaudar las multas por desobediencia a la autoridad... ¿No debería ser esto una competencia de la Policía Municipal, la Delegación de Hacienda y Asuntos Económicos o, incluso, el Ministerio del Interior o Justicia? ¿Qué pinta la Delegada de Familia imponiendo y recaudando sanciones por desobediencia a la autoridad si no tiene responsabilidades sobre la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ni competencias judiciales?

No sé, ni quito ni pongo, pero me suena raro, raro, raro...
Pues lo cierto es que en Sevilla es el Servicio de la Mujer de la delegación municipal de Asuntos Sociales, Familia y Zonas de Especial Atención la que se ocupa de tramitar las denuncias de la Policia Local. Ten en cuenta que en realidad son sanciones por incumplimiento de una ordenanza municipal.
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  #7  
Antiguo 09-10-2013, 00:32
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Pues lo cierto es que en Sevilla es el Servicio de la Mujer de la delegación municipal de Asuntos Sociales, Familia y Zonas de Especial Atención la que se ocupa de tramitar las denuncias de la Policia Local. Ten en cuenta que en realidad son sanciones por incumplimiento de una ordenanza municipal.
Mucho me extraña. El Servicio de la Mujer de una Delegación Municipal no tiene competencias sobre Policía Local, ni mucho menos competencias sancionadoras en el caso de desobediencia a la autoridad (como dice la Delegada en el texto que citas).

Tendría que estudiar el caso con detenimiento, pero me parece que la sanción es anulable por estar tramitada por un órgano que carece de competencia para ello... Y que la Delegada Municipal es un tanto ignorante sobre temas que debería de dominar con soltura, dado el cargo que ocupa.

Es como si el INEM te sancionara por insultar a un funcionario. No puede hacerlo: tiene que tramitar la correspondiente denuncia ante el Juzgado, como cualquier ciudadano, y ya veremos si se le da la razón o no.
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  #8  
Antiguo 08-10-2013, 22:15
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obvio amigo JAIRUS,si te pillan infraganti dentro del coche tras haber parado a la chica y negociado con ella.....leche y en botella,pues blanco jdr.....
claro que si eres tan incauto de no tomar precauciones como mirar si hay poli y marcharte a cumplir a otro lugar apartado de allí....te multaran!!!.
375 euros con el 50% aplicado o servicio social sustitutorio.
normal que la gente vaya a pagar corriendo,sino serian 750.
eso hay que tenerlo muy claro,cuando salga la ordenanza NO SE PODRA PILLAR A LA CHICA Y PARAR A 15 METROS a follar,por que habran grabado todo y luego te llamaran a la ventanilla pillándote infraganti.....PEEEERO si se hace discretamente 8que en el fondo,es lo que busca la ordenanza...no habrá problema...ir un poco mas lejos y mirar bien si te siguieron....y por supuesto siempre en despoblado.
esta claro que el mayor peligro lo corren los turistas que no saben el riesgo que corren en cada ciudad!!
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  #9  
Antiguo 08-10-2013, 22:31
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eso hay que tenerlo muy claro,cuando salga la ordenanza NO SE PODRA PILLAR A LA CHICA Y PARAR A 15 METROS a follar,por que habran grabado todo y luego te llamaran a la ventanilla pillándote infraganti.....
Estoy bastante de acuerdo con tu punto de vista. De todas maneras hay algo que no acaba de encajarme en todo esto... ¿de verdad la Policía Municipal va a desplegar un amplio dispositivo de seguridad y control, incluyendo carísimos aparatos de grabación audiovisual camuflados y patrullas de agentes, que tendrá que retirar de otras actividades, para tramitar una miserable infracción administrativa contra un pobre pringado que ha dado 30 euros a cambio de una triste mamada? ¿como si los clientes de la prostitución callejera fueran terroristas de Al Qaeda o asesinos en serie? ¿en esta época de austeridad y recortes presupuestarios?

De verdad que a mí, todo esto, me suena muy, pero que muy raro.
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  #10  
Antiguo 08-10-2013, 23:02
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Bueno pues ya tenemos el borrador de la nueva ordenanza, por si alguno tenía dudas. Dentro de poco se va a multar a todos aquellos que osen pararse a solicitar los servicios de una prostituta, estés donde estés, da igual que se un polígono o el mismo centro de Madrid, copio el link de la noticia.

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  #11  
Antiguo 09-10-2013, 00:48
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Seguramente es cierto que en muchos casos estaremos en nuestro derecho de reclamar contra lo que consideremos una sanción ilegal pero algo me dice que muchos optarían por lo que señala el Diario de Sevilla:

"La mayoría de los clientes de prostitutas denunciados en Sevilla desde que entró en vigor la ordenanza, el pasado 28 de octubre, han pagado las multas sin presentar alegaciones. Algunos de los infractores se han presentado incluso en la Delegación de Familia y Asuntos Sociales para efectuar el pago antes de que las denuncias les hayan sido notificadas. De esta manera se evitaba que las sanciones llegaran a sus casas y que los miembros de su círculo familiar se enteraran del motivo de la multa. Además, gozan así de la reducción del 50% por pronto pago."

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¿Que creeis que podrá mas?: Nuestro deseo de defender nuestros derechos o el deseo de que no se entere ni parienta ni familia.
Es justo lo que iba a decir. Hay normas que se ponen para facilitar el trabajo policial y "disuadir" de un comportamiento o costumbre pública, sin pretender llegar a la sanción. Por una parte habilitan a los agentes para incordiar, preguntar, vigilar, que ya molestará a buena parte de los clientes a ni siquiera acercarse, y a las chicas a buscarse otro sitio. Y por otra, al que se acerque, le pedirán explicaciones, y en el remoto caso que se ponga tonto o reconozca los hechos, le multen y acabe pagando por evitarse publicidad.
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  #12  
Antiguo 08-10-2013, 22:28
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Pues comparta con nosotros esa experiencia traumática, hombre. Vamos, ¿quién se saltó la presunción de inocencia con usted en un Estado de derecho democrático y social y le sancionó por demandar los servicios de una prostituta en la calle, libremente, aquí en España, así por que sí, por narices? ¿Por qué dice que le hizo sufrir "en sus carnes"? ¿Es que le golpeó el maligno policía? ¿Le pellizco el culete, quizá, a modo de apercibimiento?
-- Violación norma 1 del foro --

Última edición por Juss; 09-10-2013 a las 01:11
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  #13  
Antiguo 10-10-2013, 16:43
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¿presunción de inocencia?


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Vamos a ver, compañero, no te digo esto por mal, pero deberías de tratar de evitar el sentar cátedra en temas sobre los que, con todos los respetos, no andas muy fino. Porque de Derecho Constitucional andas un poco flojo, siendo suaves.

El "derecho" a la vivienda no es un derecho en sí, sino un principio rector de la política social y económica. Se supone que debe orientar la actuación política y no puede ser demandado ante la justicia ordinaria porque es simplemente eso: un principio orientador.

La presunción de inocencia, sin embargo, es un derecho fundamental y puede ser instado ante cualquier orden jurídico y, además de ser prioritario, ha de respetarse obligatoriamente. Además, una normativa municipal nunca, nunca, puede vulnerar un derecho fundamental reconocido como tal en la Constitución, ya que entonces sería una norma ilegal o inconstitucional.

En cuanto al derecho al trabajo, que tampoco es un derecho fundamental, en ninguna parte dice que el Estado tenga que garantizarte un puesto de trabajo vitalicio por tu cara bonita, a cambio de nada (eso sí que es inocencia bendita, compañero) sino que tienes derecho a ejercerlo libre y dignamente.

En fin, como se suele decir: la ignorancia es atrevida. Para evitar malos rollos o que alguien se pueda sentir ofendido en un futuro, quizá sería interesante el practicar un poco de humildad cuando se opina sobre temas sobre los que no se tienen conocimientos demasiado profundos.

Sin acritud.

Mira Rubic, te cuento mi caso :
Hace un tiempo me paró la Policía Municipal por que según el Sr. Agente iba hablando por móvil. Imposible, me lo había dejado ese día en casa (Qué casualidad), y así se lo digo. Además le digo que por favor me registre a mí y al coche para que vea que no hay móvil alguno, que quizá haya sido algún reflejo en el parabrisas del coche o un movimiento mío lo que le indujo a pensar eso. Mi dice que no tiene por qué hacerlo y me denuncia, diciéndome que la recurra y alegue lo que desee.
Lo hago a través de una Empresa de recursos de multas, aunque me dicen que tiene mala pinta porque con el solo testimonio del Agente es suficiente ya que se presupone dice la verdad y su testimonio tiene infinitamente más valor que el mío.
Lo hago, incluso aportando carta del concesionario de la Marca certificando que mi coche lleva Blue-tooth, así como folleto comercial del modelo. Y pierdo. Me sancionan con 200 € ( o 400 €, no recuerdo bién y la perdida de 3 puntos en el carnet). Sigo el consejo de la Empresa especialista y recurrimos dos veces más en diferentes instancias. Vuelvo a perder. Definitivamente tuve que pagar y perder los puntos.
¿Cómo lo ves? Y es que en cumplimiento de la norma, lo que diga el Agente va a misa y lo que digo es pura basura.
Toma presunción de inocencia.
Que no te toque es la única forma de estar a salvo.
Saludos
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  #14  
Antiguo 10-10-2013, 16:52
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Iniciado por luiscuarto Ver Mensaje
Mira Rubic, te cuento mi caso : ...
No es lo mismo. Hablar por el móvil mientras conduces es un hecho que salta a la vista (otra cosa es que el agente necesite pasar por el oftalmólogo, ahí no me meto), es algo evidente e innegable.

Sin embargo, vuelvo a repetir, pararse en la calle a charlar con una mujer no implica necesariamente que estés demandando servicios sexuales.

Pero es que además, estáis sentando cátedra alegremente sobre temas que desconocéis, que yo también desconozco y por eso expreso mis dudas, porque todavía no se ha aplicado la ordenanza y nadie sabe que problemática acarreará la gestión de infracciones y sanciones.
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  #15  
Antiguo 10-10-2013, 18:03
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Cita:
Iniciado por rubic Ver Mensaje
No es lo mismo. Hablar por el móvil mientras conduces es un hecho que salta a la vista (otra cosa es que el agente necesite pasar por el oftalmólogo, ahí no me meto), es algo evidente e innegable.

Sin embargo, vuelvo a repetir, pararse en la calle a charlar con una mujer no implica necesariamente que estés demandando servicios sexuales.

Pero es que además, estáis sentando cátedra alegremente sobre temas que desconocéis, que yo también desconozco y por eso expreso mis dudas, porque todavía no se ha aplicado la ordenanza y nadie sabe que problemática acarreará la gestión de infracciones y sanciones.

Puse mi ejemplo para dar a conocer el echo de que como un policía diga que estas solicitando sexualmente a una joven en la calle : date por jodido alegues lo que alegues después. Lo que tú digas vale una mierda. Él es la autoridad y no necesita demostrar nada. A ver cómo demuestras tú lo contrario.
Así están este tipo de cosas. Otras, pues no lo sé, no tengo experiencia propia.
(Quizá haya que recordar que estamos en un país de corruptos con leyes que les protegen, aunque sólo sea por las lagunas que ofrecen)
Saludos
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  #16  
Antiguo 10-10-2013, 18:21
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Buenas tardes, tan solo una pregunta,........
Si te pilla la policia:
Solicitando los servicios de una prostituta en la calle ,debajo de un balcon con tiestos puestos de manera peligrosa,haciendo malabares con tres pelotas , borracho perdido y meando en la via publica,.............
¿Te detienen ?
¿te castigan con una sancion monetaria?
¿ se unen a ti , y nos vamos a follar con la prostituta, todos?
¿llaman al circo del sol?
¿te ajustician , alli mismo?
¿ se llevan presa a la dueña del balcon, por lo de las macetas?
No se , no se ,...........
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  #17  
Antiguo 10-10-2013, 20:18
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bueno amigos,no mezclemos temas,ni pongamos ejemplos diferentes.
nada tiene que ver,que te denuncien por hablar por el móvil con pillar a una chica.
un agente tiene presunción de veracidad,cierto....
lo de el móvil,no es necesario ir hablando,solo por verte manipularlo,ya es infraccion,pues hay wassap,sms,internet etc etc y es multable aunque NO HABLES!!.

pero mirad lo que pasa si alguien se pasa de listo denunciando,hubo varios casos asi.
un agente no puede decir que te vio robar en un domicilio,tiene que demostralo.

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puso hasta cuatro multas completamente inventadas a vehículos propiedad del matrimonio en el mes de julio de 2008. Una por no respetar una señal de dirección prohibida en la avenida Gabriel Roca, dos por aparcar sobre la acera en las calles Francisco Martí Mora y Cronista Muntaner Lujosa y la otra por dejar el coche en una zona de minusválidos en la calle Francisco Martí Mora. Todas estas multas se produjeron en menos de una semana. Además, excepto una que se puso a las siete y media de la tarde, el resto se firmaron de madrugada. El acusado llegó a firmar las multas con el nombre de otros agentes para camuflar su participación.

El agente ha sido condenado a un año y nueve meses de cárcel por un delito continuado de falsedad y a otros tres meses de prisión por coacciones. Además queda inhabilitado durante un año y once meses para actuar como agente policial y no se podrá acercar al matrimonio durante 21 meses. Las dos condenas de cárcel llevan también incorporadas sendas multas. La fiscalía y la acusación particular rebajaron la pena que solicitaban inicialmente, que ascendía a los siete años de cárcel, tras alcanzar un acuerdo con el abogado de la defensa.

Última edición por miguirom; 10-10-2013 a las 20:26
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  #18  
Antiguo 10-10-2013, 21:49
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Cuando te ponen una multa no tiene que demostrarlo puesto que se les presupone veracidad pero tu si que puedes intentar demostrar que no fue asi. Este es el caso de ese policia de Mallorca pues cometio el error de poner dos de las multas cuando el vecino estaba en otro sitio, falsificó una de las multas con el nombre de un compañero y ademas existía una condena anterior del policia por injurias hacia los mismos vecinos. Vamos que la supuesta veracidad del agente hacia agua por todos lados.

Un agente no puede decir que te vio robar en un domicilio por que el no esta capacitado para juzgar si es o no robo lo que hacías. Tiene que declarar aquello de lo que el es consciente (vi al sujeto salir de un piso con antifaz, jersey a rallas y un saco a la espalda que contenia xxxx cantidad de dinero) y a esta declaracion se le da veracidad por que lo dice una autoridad (no solo un policia es autoridad). Con estos datos el puede presuponer que es un ladrón pero no puede asegurarlo. Seran luego las declaraciones del robado y el analisis de lo sustraido lo que llevará a considerarlo o no delito de robo.
En el caso de una infracción de trafico el delito suele ser muy claro dado que la ley de trafico no suele tener medias tintas y ademas dado el volumen de denuncias a este respecto se decidio otorgar a los agentes un mayor poder a la hora de tomar la decisión de sancionar.
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  #19  
Antiguo 10-10-2013, 21:54
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Iniciado por miguirom Ver Mensaje
...La fiscalía y la acusación particular rebajaron la pena que solicitaban inicialmente, que ascendía a los siete años de cárcel, tras alcanzar un acuerdo con el abogado de la defensa.
Nada hombre, solo la diferencia de ingresar en prisión o no.
Si esto falla, tampoco pasa nada porque -- Temas políticos que no tienen nada que ver con la prostitución --

Última edición por Juss; 10-10-2013 a las 23:25
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