Sanciones y controles por prostitución callejera - Página 18 - Foro Spalumi

    
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  #851  
Antiguo 08-09-2015, 12:00
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Iniciado por Farc Ver Mensaje
Hola muy buenas compañeros foreros, me gustaría que alguien me respondiese o me diera algo de luz al tema
Paso a contar mi experiencia.
1- hace como casi un mes estaba en marconi y estuve con una chavala , el coche bien aparcado todo normal, termine la faena y fue cuando vi una furgoneta de la poli acercándose , salí cagando ostias del coche con los pantalones puestos claro, paro la furgoneta y salieron tres polis ,uno con barba de talibán , una tia rubia ,y el otro ni le mire, bueno que me echaron la peta, ala lumi le dejaron ir , ami me identificaron , como me pillaron fuera del coche dije que no estaba haciendo nada y que estaba hablando con la lumi ,me apuntaron los datos del dni , y del coche , me dijeron que me iban a proponer para sanción o algo así me dijeron que no vuela por allí , pero nada mas se fueron , solo apunto el poli mis datos del dni y no me dieron ni acta de la denuncia ni nada, algún entendido me puede dar luces en el asunto si al final me llegara la multa o quedo en un susto , de todas maneras estoy ahorrando espero que no me follen mas de 700..
bueno si se algo ya se los comento..un saludo .... habría que pillar un abogado entre todos los denunciados y que nos haga precio por un buen recurso...
Tranquilo que no te va a llegar ninguna sanción, solo te han querido asustar.
¿por que te van a sancionar? ¿por estar en tu coche en Marconi?
Cuando te quieren sancionar de verdad tienen que decirte por qué te sancionan y darte una notificación (como me dieron a mi).
!A TODOS LOS FOREROS : SOLO OS PUEDEN SANCIONAR POR EL PUNTO 11 DEL ARTICULO 36! !NADA MAS! !TODO LO DEMAS SON ACTUACIONES POLICIALES PARA ACOJONAROS!.
Y vaya que lo están consiguiendo. ¿que es eso de si avisarse por line, wassap o llevar las luces encendidas? ¿es que estais haciendo algo malo o ilegal? !PUES PARECE QUE SI!
Lo que teneis que hacer cuando os paren es preguntarles, con toda la educación del mundo ,que por qué quieren identificaros y que infracción habeis cometido. Solo esas dos preguntas verás que pronto cambian de actitud contigo.

Última edición por topi211; 08-09-2015 a las 12:02 Razón: correciones
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  #852  
Antiguo 08-09-2015, 15:25
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Iniciado por Jairus Ver Mensaje
Tendrian que haberte dado el acta de denuncia. Un papelito como este:



Supongo que cuando te identificaron aun no estaban aplicando la nueva ley pues fue a finales de Julio cuando empezo a aplicarse aunque ya estaba vigente desde el 1 de Julio.
Pues Fue a mediados de agosto . exactamente el 15, no me dieron ni un papel ni nada como lo conte...
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  #853  
Antiguo 08-09-2015, 15:28
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Iniciado por topi211 Ver Mensaje
Tranquilo que no te va a llegar ninguna sanción, solo te han querido asustar.
¿por que te van a sancionar? ¿por estar en tu coche en Marconi?
Cuando te quieren sancionar de verdad tienen que decirte por qué te sancionan y darte una notificación (como me dieron a mi).
!A TODOS LOS FOREROS : SOLO OS PUEDEN SANCIONAR POR EL PUNTO 11 DEL ARTICULO 36! !NADA MAS! !TODO LO DEMAS SON ACTUACIONES POLICIALES PARA ACOJONAROS!.
Y vaya que lo están consiguiendo. ¿que es eso de si avisarse por line, wassap o llevar las luces encendidas? ¿es que estais haciendo algo malo o ilegal? !PUES PARECE QUE SI!
Lo que teneis que hacer cuando os paren es preguntarles, con toda la educación del mundo ,que por qué quieren identificaros y que infracción habeis cometido. Solo esas dos preguntas verás que pronto cambian de actitud contigo.
hola como lo dije antes fue el 15 de agosto un festivo por la tarde , espero que sin canta no pase a mas la verdad, si pasa algo espero que te descuenten la mitad como en toda multa..por pagar sin recurrir y rápido..
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  #854  
Antiguo 08-09-2015, 22:10
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Iniciado por Farc Ver Mensaje
hola como lo dije antes fue el 15 de agosto un festivo por la tarde , espero que sin canta no pase a mas la verdad, si pasa algo espero que te descuenten la mitad como en toda multa..por pagar sin recurrir y rápido..
Solo es curiosidad... estas multas tienen descuento de pronto-pago, como las de tráfico? No sabía eso.
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  #855  
Antiguo 09-09-2015, 16:36
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Iniciado por Sade71 Ver Mensaje
Solo es curiosidad... estas multas tienen descuento de pronto-pago, como las de tráfico? No sabía eso.
Según el artículo 54.3.a) de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza), hay descuento del 50%

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Una vez notificado el acuerdo de incoación del procedimiento para la sanción de infracciones graves (como el tratado aquí), el interesado dispondrá de un plazo de quince días para realizar el pago voluntario con reducción de la sanción de multa, o para formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas.

Ua vez realizado el pago voluntario de la multa dentro del plazo de quince días contados desde el día siguiente al de su notificación, se tendrá por concluido elprocedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:

a) La reducción del 50 por ciento del importe de la sanción de multa.
b) La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas.
c) La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago, siendo recurrible la sanción únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.


Mucho cuidado por ahí fuera, porque las sanciones graves como la tipificada en la Ley Mordaza por solicitar servicios de prostitución en las condiciones que detalla en dicha ley, conllevan multa que puede ir de 601 euros, hasta 30.000 euros.

Para una persona sin antecedentes (no siendo reincidente por multas de la misma naturaleza) lo más normal es que sean 601€, pero incluso con reducción del 50% y quedándose en 300,50€, sale muy cara la broma.

Este mensaje no es para meter miedo a nadie, pero sí para informar de las consecuencias que puede acarrear el simple acto de que dos personas libres y adultas se paren a hablar, y quizás, negociar un servicio sexual. Sancionar por hablar, la verdad es que Ley Mordaza es un nombre muy apropiado. Ojalá la deroguen la siguiente legislatura, en cuanto con casi toda seguridad el PP pierda la mayoría absoluta. Aunque los que vienen detrás son capaces de derogarla, retrotrayéndonos a la Ley 1/1992, pero con alguna disposición adicional para mantener los artículos moralistas/feministas de criminalización contra las personas adultas que libremente intercambian servicios sexuales por dinero.
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  #856  
Antiguo 09-09-2015, 19:01
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Cuando la poli te hace una propuesta de denuncia es que te han denunciado, normalmente te notifican la propuesta de palabra por falta de tiempo para redactar el papelito.

Yo de momento me retiro de las callejeras, pues no voy a estar tranquilo ni antes, ni durante ni depues.
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  #857  
Antiguo 09-09-2015, 19:46
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Por cierto, me llama la atencion que nadie se haya fijado en este bonito articulo de la ley:

Artículo 43. Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana.

1. A efectos exclusivamente de apreciar la reincidencia en la comisión de infracciones tipificadas en esta Ley, se crea en el Ministerio del Interior un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana.

Las comunidades autónomas que hayan asumido competencias para la protección de personas y bienes y para el mantenimiento de la seguridad ciudadana y cuenten con un cuerpo de policía propio, podrán crear sus propios registros de infracciones contra la seguridad ciudadana.

2. Reglamentariamente se regulará la organización y funcionamiento del Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana, en el que únicamente se practicarán los siguientes asientos:

a) Datos personales del infractor.
b) Infracción cometida.
c) Sanción o sanciones firmes en vía administrativa impuestas, con indicación de su alcance temporal, cuando proceda.
d) Lugar y fecha de la comisión de la infracción.
e) Órgano que haya impuesto la sanción.

3. Las personas a las que se haya impuesto una sanción que haya adquirido firmeza en vía administrativa serán informadas de que se procederá a la práctica de los correspondientes asientos en el Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana. Podrán solicitar el acceso, cancelación o rectificación de sus datos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo. Los asientos se cancelarán de oficio transcurridos tres años cuando se trate de infracciones muy graves, dos años en el caso de infracciones graves y uno en el de infracciones leves, a contar desde la firmeza de la sanción.

4. Las autoridades y órganos de las distintas administraciones públicas con competencia sancionadora en materia de seguridad ciudadana, de acuerdo con esta Ley, comunicarán al Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana las resoluciones sancionadoras dictadas, una vez firmes en vía administrativa. Asimismo, a estos efectos, dichas administraciones públicas tendrán acceso a los datos obrantes en ese Registro Central.


Osease que a partir de ahora si os sancionan por ir de putas quedais registrados como puteros para la administración por al menos 1 año.
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  #858  
Antiguo 09-09-2015, 22:20
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Iniciado por roccon Ver Mensaje
Cuando la poli te hace una propuesta de denuncia es que te han denunciado, normalmente te notifican la propuesta de palabra por falta de tiempo para redactar el papelito.

Yo de momento me retiro de las callejeras, pues no voy a estar tranquilo ni antes, ni durante ni depues.
que cabrones osea que ni acta te dan , fuu ya les contare cuanto me soplan , pero me parece fuerte que no te den acta , por lo menos si te multan que lo hagan bien, por falta de tiempo, espero que venga con falta de forma...
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  #859  
Antiguo 10-09-2015, 11:48
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Iniciado por Farc Ver Mensaje
que cabrones osea que ni acta te dan , fuu ya les contare cuanto me soplan , pero me parece fuerte que no te den acta , por lo menos si te multan que lo hagan bien, por falta de tiempo, espero que venga con falta de forma...
A mi al menos siempre que un policia me esta multando en mi presencia me lo ha notificado mediante un acta. Solo en el caso de infracciones en el que el policia no esta presente (radares) o en sanciones administrativas se me ha notificado por correo.
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  #860  
Antiguo 10-09-2015, 11:52
 Avatar de brasilforever
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Iniciado por roccon Ver Mensaje
Cuando la poli te hace una propuesta de denuncia es que te han denunciado, normalmente te notifican la propuesta de palabra por falta de tiempo para redactar el papelito.

Yo de momento me retiro de las callejeras, pues no voy a estar tranquilo ni antes, ni durante ni depues.
Efectivamente te pueden hacer una denuncia y no darte papelito ni nada por el estilo, a mi hace años me pusieron una multa en la calle por escándalo publico y ni me dieron papel ni leches, nos frotábamos las manos, pero cuando llego la citación a casa nos llamamos todos los que estábamos y ala al juicio que fuimos todos.......
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  #861  
Antiguo 10-09-2015, 12:44
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Vaya por delante que estoy en contra de la ilegalización o la presion sobre la prostitución. Además de evidentemente estoy en contra de la criminalización tanto de las personas que ofrecen servicios sexuales remunerados cono aquellos que hacen uso de ellos siempre que sea una decisión libre y adulta.

Pero ahora bien es que se me escapa totalmente de la comprensión un aspecto. Social y politicamente se criminaliza la postura del consumidor de sexo de pago.

Alguien imagina que en una transacción por drogas se criminalice al que compra y se disculpe la postura del que se beneficia económicamente con el acuerdo? Es de locos.

Si se ve mal ese mundo si de verdad se quiere lichar contra algo que perjudica nuestra sociedad segun la mentalidad de ciertos grupos, puedes luchar contra unos y otros, puedes luchar contra los que ganan dinero por ello, pero lo que no puedes hacer es luchar contra el consumidor y hacer la vista gorda sobre el que gana dinero.

Porque seamos serios se hace la vista gorda sobre el fraude que supone este mundo. Y se hace a sabiendas. Se multa al consumidor por hacer una transaccion economica pero no se mira si esa misma transaccion economica hubiera pagado impuestos por ejemplo y eso si que constituye la comision de varios delitos.

Una unidad de policia dedicada a amedrentar ciudadanos es una unidad de policia menos que está dedicada a la seguridad de todos los que con nuestros impuestos pagamos esos servicios.

Y a mi personalmente la prostitucion callejera no me gusta, creo que hay que controlarla porque es un foco de suciedad es sanitariamente muy discutible y además no creo que la via publica sea el mejor sitio para ello (hablo siempre desde mi punto de vista y respetando al que opine diferente)

Pero lo que no podemos hacer es criminalizar al consumidor de un servicio que no es ilegal simplemente por creencias eticas. Porque es injusto, porque de por si no es etico y porque lo mas importante de todo, es imposible lograr el objetivo de terminar con ella.

Y lo peor es que mientras haciendo caso a esos grupos de presion, se hace que la sociedad crea que toda la prostitucion es mala, lo que se esta logrando es que para la percepcion de la sociedad las mafias son menos malas. Porque el bien y el mal es un equilibrio. Si yo lo califico todo de malo lo igualo. Si digo que la prostitucion consentida es entendible y la forzosa es mala, incluso se lograrán mejor objetivos que creo que todas las personas de bien compartimos.

Perdón por el tocho

Enviado desde mi LG-D855 mediante Tapatalk
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  #862  
Antiguo 10-09-2015, 13:06
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¡¡Menos mal que no todos en Europa tienen tantos líos en la cabeza como nosotros!!

El documental no tiene desperdicio, los prostíbulos alemanes tienen los mismos derechos y deberes que las farmacias y sus empleados, también. El ministerio de Hacienda Alemán tiene una fuente preciosa (y garantizada) de ingresos por este negocio.

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Woody Allen: Sólo existen dos cosas importantes en la vida. La primera es el sexo y la segunda no me acuerdo.
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  #863  
Antiguo 13-09-2015, 19:50
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Gracias Topi por toda la info que aportas. Se agradece de veras.
Parece que la cosa va en serio, por ahora y hasta que esta estupida ley caiga en 2016.

A mi me tomaron los datos estando con una chica, en ese momento no estabamos haciendo nada y bien aparcados. Simplemente hablabamos y fumabamos un cigarro.
Nos tomaron los datos y a ella le advirtieron que debía llevar la documentacion en regla. Eran Secretas. Yo de lo cagao que estaba no se me ocurrió preguntar si se me sancionaba o el porque se me pedia la documentación. Ellos me preguntaban si el coche era mio, llamaron por radio para dar la matricula y nada mas. No me dieron ningun papel ni nada. Eso si, se apuntaron hasta el numero de mis calzones.

Van 2 meses y no me ha llegado nada.... pero he de reconocer que sigo cagado!
Esto cué el 7 de julio, es decir, 6 dias despues de que entrara en vigor la nueva ley, si no tengo mal entendido.
suerte a todos y seguid informando. A todos nos viene de lujo estar a la última.

TOPI! Desde que te denunciaron cuánto tardó en llegar la notificación a casa?
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  #864  
Antiguo 14-09-2015, 11:34
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Iniciado por Ivan973 Ver Mensaje
Gracias Topi por toda la info que aportas. Se agradece de veras.
Parece que la cosa va en serio, por ahora y hasta que esta estupida ley caiga en 2016.

A mi me tomaron los datos estando con una chica, en ese momento no estabamos haciendo nada y bien aparcados. Simplemente hablabamos y fumabamos un cigarro.
Nos tomaron los datos y a ella le advirtieron que debía llevar la documentacion en regla. Eran Secretas. Yo de lo cagao que estaba no se me ocurrió preguntar si se me sancionaba o el porque se me pedia la documentación. Ellos me preguntaban si el coche era mio, llamaron por radio para dar la matricula y nada mas. No me dieron ningun papel ni nada. Eso si, se apuntaron hasta el numero de mis calzones.

Van 2 meses y no me ha llegado nada.... pero he de reconocer que sigo cagado!
Esto cué el 7 de julio, es decir, 6 dias despues de que entrara en vigor la nueva ley, si no tengo mal entendido.
suerte a todos y seguid informando. A todos nos viene de lujo estar a la última.

TOPI! Desde que te denunciaron cuánto tardó en llegar la notificación a casa?
Yo en tu lugar no me preocuparia demasiado, hasta el dia 27 de Julio no empezaron a sancionar por orden de nuestra querida delegada del gobierno, asi que casi seguro que no te multaron. No te comas el coco.
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"No piense mal de mi señorita, mi interés por usted es puramente sexual". Groucho Marx.

"El que calla no siempre otorga. A veces simplemente no tiene ganas de discutir con idiotas"
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  #865  
Antiguo 14-09-2015, 12:57
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Iniciado por Ivan973 Ver Mensaje
Gracias Topi por toda la info que aportas. Se agradece de veras.
Parece que la cosa va en serio, por ahora y hasta que esta estupida ley caiga en 2016.

A mi me tomaron los datos estando con una chica, en ese momento no estabamos haciendo nada y bien aparcados. Simplemente hablabamos y fumabamos un cigarro.
Nos tomaron los datos y a ella le advirtieron que debía llevar la documentacion en regla. Eran Secretas. Yo de lo cagao que estaba no se me ocurrió preguntar si se me sancionaba o el porque se me pedia la documentación. Ellos me preguntaban si el coche era mio, llamaron por radio para dar la matricula y nada mas. No me dieron ningun papel ni nada. Eso si, se apuntaron hasta el numero de mis calzones.

Van 2 meses y no me ha llegado nada.... pero he de reconocer que sigo cagado!
Esto cué el 7 de julio, es decir, 6 dias despues de que entrara en vigor la nueva ley, si no tengo mal entendido.
suerte a todos y seguid informando. A todos nos viene de lujo estar a la última.

TOPI! Desde que te denunciaron cuánto tardó en llegar la notificación a casa?
Tranquilo que por lo que escribes a ti no te va a llegar nada.
No tienen motivo para aplicarte el art: 36.11 QUE ES LO UNICO POR LO QUE SANCIONAN.
A mi me pararon el 12 de agosto y no me ha llegado nada, ni creo que me llegue.
Si me llega algo ten por seguro que lo recurriré.
Pensad por un momento que la finalidad de esa ley es la de evitar que los desordenes públicos (manifestaciones, "escraches" , desahucios etc...) sean llevados ante un juez y que baste como dicen en el artículo 52 el Valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad, como medio suficiente para proponerte una sanción desorbitada.
Aprovecharon y metieron de relleno el 36.11 para sancionar de alguna manera a los clientes de la prostitución en la vía pública, pero por favor leeros detenidamente dicho articulo ( y leerlo bien, todo seguido hasta la primera coma para sancionar si hay menores y la parte final por tema de seguridad vial).
A las chicas solo por el 37.5 .
En via administrativa, que es donde quiere moverse esta ley, recurriré para que los agentes que me pararon ratifiquen que efectivamente estaba solicitando servicios sexuales a ver como lo hacen.Lo único que pueden decir es que me identificaron porque estaba parado en una rotonda hablando con una chica,( a menos que presenten a la chica y ella lo ratifique) pero de eso a sancionarme por el 36.11 hay mucha diferencia.
En tu caso ni siquiera estabas mal parado o aparcado así que tranquilo.
Si el recurso no prospera y siguen adelante con la "propuesta de sanción" me espera la jurisdicción contencioso administrativa en la que solo se va a mirar si ha habido algún fallo legal (algún defecto de forma, de notificación etc) en la que no van a pronunciarse sobre el fondo del asunto o más arriba con un recurso ante el tribunal constitucional ( que ya tiene alguno esta ley aunque NO he leído los argumentos) pero que en la lógica debe estar que NO ES SUFICIENTE como valor probatorio las declaraciones de los agentes de la autoridad y que encima quien te propone la sanción sea su superior jerárquico ( Delegado del Gobierno en Madrid)

Última edición por topi211; 14-09-2015 a las 13:47 Razón: mejoras
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  #866  
Antiguo 14-09-2015, 14:07
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Iniciado por topi211 Ver Mensaje
NO ES SUFICIENTE como valor probatorio las declaraciones de los agentes de la autoridad y que encima quien te propone la sanción sea su superior jerárquico ( Delegado del Gobierno en Madrid)
Pues en realidad la propia ley dice que si lo son:

Artículo 52. Valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad.
En los procedimientos sancionadores que se instruyan en las materias objeto de esta Ley, las denuncias, atestados o actas formulados por los agentes de la autoridad en ejercicio de sus funciones que hubiesen presenciado los hechos, previa ratificación en el caso de haber sido negados por los denunciados, constituirán base suficiente para adoptar la resolución que proceda, salvo prueba en contrario y sin perjuicio de que aquéllos deban aportar al expediente todos los elementos probatorios disponibles.
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  #867  
Antiguo 14-09-2015, 15:05
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Iniciado por Jairus Ver Mensaje
Pues en realidad la propia ley dice que si lo son:

Artículo 52. Valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad.
En los procedimientos sancionadores que se instruyan en las materias objeto de esta Ley, las denuncias, atestados o actas formulados por los agentes de la autoridad en ejercicio de sus funciones que hubiesen presenciado los hechos, previa ratificación en el caso de haber sido negados por los denunciados, constituirán base suficiente para adoptar la resolución que proceda, salvo prueba en contrario y sin perjuicio de que aquéllos deban aportar al expediente todos los elementos probatorios disponibles.
Pues a esto me refiero: a que este articulo raya en lo inconstitucional al, como tu bien subrayas, debes tu de probar tu inocencia.
Y la parte final dice que los agentes de la autoridad deben aportar al expediente todos los elementos probatorios disponibles, ¿que pruebas pueden aportar al expediente en el caso del articulo 36.11?
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  #868  
Antiguo 14-09-2015, 18:23
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Iniciado por topi211 Ver Mensaje
Pues a esto me refiero: a que este articulo raya en lo inconstitucional al, como tu bien subrayas, debes tu de probar tu inocencia.
Y la parte final dice que los agentes de la autoridad deben aportar al expediente todos los elementos probatorios disponibles, ¿que pruebas pueden aportar al expediente en el caso del articulo 36.11?
Puede aportar como prueba su testimonio de los hechos que se consideran con valor probatorio como ya señala el propio articulo. En general el testimonio de un agente se considera veraz salvo que se demuestre lo contrario.
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  #869  
Antiguo 18-09-2015, 04:07
uji uji está desconectado
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Iniciado por zayus Ver Mensaje
Es su obligacion como agente de la ley decirte la verdad.
No es la primera vez que leo esto y, la verdad, no sé de dónde saca la gente estas ideas. Un policía no tiene ninguna obligación de decirte la verdad. Ninguna. Es más, si cree que para conseguir su objetivo debe engañarte, lo hará sin dudarlo. Estaría bien que todo el mundo tuviera eso bien claro.

Saludos.
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  #870  
Antiguo 21-09-2015, 23:31
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Me han pillado hoy


La verdad es que he sido tonto por. O haberme interesado antes por la ley. Llevaba tiempo viendo una disminución de lumis en marconi y no me explicaba porque. Hoy me han pillado justamente cuando la chica se acababa de subir. Me han dicho que era porque la había parado en una intersección dificultando el tráfico o poniéndolo en riesgo. A la chica tb le han pedido la documentación. Yo estoy cagado x la posible notificación y sanción. Se supone q me llegara a la dirección de mi padre. Pero ya me pone en un lío de tener q darle explicaciones y es más pedirle q me lo pague hasta q se lo pueda devolver no sé de q manera para no levantar sospechas en casa.
Según lo que he leído a los q os han parado en julio o agosto aún. O os ha llegado notificación aunque puede llegar en cualquier momento.
Si no se es capaz de pagar la multa en el plazo desde que te la notifican por ejemplo por estar ausente de vacaciones sabéis si hay alguna manera de pagarla con reducción. Por cierto eso que sea de 600 a 10.000 me tiene sin pegar ojo.

Algún consejo?
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  #871  
Antiguo 22-09-2015, 20:07
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La verdad es que he sido tonto por. O haberme interesado antes por la ley. Llevaba tiempo viendo una disminución de lumis en marconi y no me explicaba porque. Hoy me han pillado justamente cuando la chica se acababa de subir. Me han dicho que era porque la había parado en una intersección dificultando el tráfico o poniéndolo en riesgo. A la chica tb le han pedido la documentación. Yo estoy cagado x la posible notificación y sanción. Se supone q me llegara a la dirección de mi padre. Pero ya me pone en un lío de tener q darle explicaciones y es más pedirle q me lo pague hasta q se lo pueda devolver no sé de q manera para no levantar sospechas en casa.
Según lo que he leído a los q os han parado en julio o agosto aún. O os ha llegado notificación aunque puede llegar en cualquier momento.
Si no se es capaz de pagar la multa en el plazo desde que te la notifican por ejemplo por estar ausente de vacaciones sabéis si hay alguna manera de pagarla con reducción. Por cierto eso que sea de 600 a 10.000 me tiene sin pegar ojo.

Algún consejo?
Yo sinceramente , cada día q pasa estoy más seguro q no le va a llegar a nadie la multita de los cojones ..... Porque se ha multado a mucha gente o mejor dicho " se ha procedido al levantamiento de un acta sancionador" por un hecho muy cuestionable según las leyes, para q un órgano superior sancione , pero NADIE ha dicho " me ha llegado". Por lo q creo, q es más intimidatorio q sancionador. Espero no equivocarme compañeros. Eso sí, el susto y el acojone no te lo quita nadie.... Pero en el momento q alguien lo denuncie, vamos a ver dónde va la ley mordaza
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  #872  
Antiguo 23-09-2015, 16:58
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Estuve un par de días ojeando por la noche a partir de la 22 horas y no hay control solo vi una patrulla de la municipal darse una vuelta y otra de la nacional y vamos no identificaron a nadie , pasaban de largo por una fila de 5 coches que estaban en el tema y tampoco a los que paraban en la esquina de la gasolinera lavadero , que solo se identifica de dia ?... por que en los dos días que fui, paso lo mismo domingo y mates...
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  #873  
Antiguo 24-09-2015, 13:42
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Iniciado por angelo1010 Ver Mensaje
Yo sinceramente , cada día q pasa estoy más seguro q no le va a llegar a nadie la multita de los cojones ..... Porque se ha multado a mucha gente o mejor dicho " se ha procedido al levantamiento de un acta sancionador" por un hecho muy cuestionable según las leyes, para q un órgano superior sancione , pero NADIE ha dicho " me ha llegado". Por lo q creo, q es más intimidatorio q sancionador. Espero no equivocarme compañeros. Eso sí, el susto y el acojone no te lo quita nadie.... Pero en el momento q alguien lo denuncie, vamos a ver dónde va la ley mordaza
Primero que todo agradecer los comentarios recibidos. Me parece leyendo los posts de este foro, que en general pensáis que debido a lo dudoso de la constitucionalidad de la ley, que estas sanciones van a quedar más en susto y como medida disuasoria a que realmente vayan a tomar forma en una sanción real debido sobretodo a como habéis comentado esta ley su destinatario fundamental es impedir manifestaciones no autorizadas y que se ha añadido este punto más como relleno que como lo fundamental de la ley
Como quiero comentar varias cosas sobre esto voy a hacerlo en varios puntos. En este primero para el que tenga interés voy a poner un extracto de la ley relativa a la infracción, sanción y prescripción.

INFRACCION

Artículo 36. Infracciones graves
11. La solicitud o aceptación por el demandante de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial.
Artículo 37. Infracciones leves.
5. La realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena, cuando no constituya infracción penal.
PRESCRIPCION:
Preescipción de la infracción: ARTICULO 38
Las infracciones administrativas tipificadas en esta Ley prescribirán a los seis meses, al año o a los dos años de haberse cometido, según sean leves, graves o muy graves, respectivamente
Preescripción de la sanción: ARTICULO 40
Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por infracciones graves, a los dos años, y las impuestas por infracciones leves al año, computados desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza en vía administrativa la resolución por la que se impone la sanción.
Preescripción del procedimiento: ARTICULO 50
. El procedimiento caducará transcurrido un año desde su incoación sin que se haya notificado la resolución, debiendo, no obstante, tenerse en cuenta en el cómputo las posibles paralizaciones por causas imputables al interesado o la suspensión que debiera acordarse por la existencia de un procedimiento judicial penal, cuando concurra identidad de sujeto, hecho y fundamento, hasta la finalización de éste.

SANCIONES:
SANCIONES: ARTICULO 39
1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euros;
2. las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y
3. las leves, con multa de 100 a 600 euros.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.2, los serán los siguientes:
a) Para las infracciones graves,
a. el grado mínimo comprenderá la multa de 601 a 10.400;
b. el grado medio, de 10.401 a 20.200 euros, y
c. el grado máximo, de 20.201 a 30.000 euros.

GRADUACION DE LAS SANCIONES: ARTICULO 33
1. En la imposición de las sanciones por la comisión de las infracciones tipificadas en esta Ley se observará el principio de proporcionalidad, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados siguientes.
2. Dentro de los límites previstos para las infracciones muy graves y graves, las multas se dividirán en tres tramos de igual extensión, correspondientes a los grados mínimo, medio y máximo, en los términos del apartado 1 del artículo 39. La comisión de una infracción determinará la imposición de la multa correspondiente en grado mínimo. La infracción se sancionará con multa en grado medio cuando se acredite la concurrencia, al menos, de una de las siguientes circunstancias:
a. La reincidencia, por la comisión en el término de dos años de más de una infracción de la misma naturaleza, cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.
b. La realización de los hechos interviniendo violencia, amenaza o intimidación.
c. La ejecución de los hechos usando cualquier tipo de prenda u objeto que cubra el rostro, impidiendo o dificultando la identificación.
d. Que en la comisión de la infracción se utilice a menores de edad, personas con discapacidad necesitadas de especial protección o en situación de vulnerabilidad.
En cada grado, para la individualización de la multa se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La entidad del riesgo producido para la seguridad ciudadana o la salud pública.
b) La cuantía del perjuicio causado.
c) La trascendencia del perjuicio para la prevención, mantenimiento o restablecimiento de la seguridad ciudadana.
d) La alteración ocasionada en el funcionamiento de los servicios públicos o en el abastecimiento a la población de bienes y servicios.
e) El grado de culpabilidad.
f) El beneficio económico obtenido como consecuencia de la comisión de la infracción. g) La capacidad económica del infractor.
Las infracciones sólo se sancionarán con multa en grado máximo cuando los hechos revistan especial gravedad y así se justifique teniendo en cuenta el número y la entidad de las circunstancias concurrentes y los criterios previstos en este apartado.
3. La multa por la comisión de infracciones leves se determinará directamente atendiendo a las circunstancias y los criterios del apartado anterior.
PROCEDIMIENTO ABREVIADO: ARTICULO 54
1. Una vez notificado el acuerdo de incoación del procedimiento para la sanción de infracciones graves o leves, el interesado dispondrá de un plazo de quince días para realizar el pago voluntario con reducción de la sanción de multa, o para formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas.
2. Una vez realizado el pago voluntario de la multa dentro del plazo de quince días contados desde el día siguiente al de su notificación, se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:
a) La reducción del 50 por ciento del importe de la sanción de multa.
b) La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas.
c) La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago, siendo recurrible la sanción únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
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  #874  
Antiguo 24-09-2015, 13:42
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Quería comentar que después de serenarme tras el susto del otro día, pues pensé que tenía que ir recopilando el dinero necesario para el pago de la sanción por si llega.
Para ello pues muy a mi pesar el dinero que destinaba a lumis mensualmente con dificultad por el control que tengo económico en mi casa, pues pensaba ahorrarlo e irlo guardando en un sitio seguro. Para ello como habéis podido ver la prescripción es de 1 año si no te llega la notificación de la sanción, así que es el tiempo que me he marcado de ahorro y abstinencia forzada.(Esto lo comentaré en otro punto)
Se que pensáis que sólo tiene carácter disuasorio, pero yo pregunto al foro, que pasa con las multas que ha habido en Sevilla. Antes de esta ley, la prostitución callejera en Sevilla ya se estaba multando a los clientes. Yo desconozco si estas multas han llegado notificadas o no. Entiendo que si, porque estas las ponía directamente el ayuntamiento. Alguien tiene conocimiento de este tema? Y si es así, porqué pensáis que en este caso no va a llegar la sanción?
Sobre la sanción comentar que al no ser reincidente ni nada, entiendo que me corresponde el grado mínimo (entre 600 y 10400), pero como saber cuanto? En eso no está claro. Me gustaría pensar que sólo llegará 600€ al ser la primera vez y no tener nada inmputable excepto multas por aparcamiento o alguna por velocidad. En este sentido me mosquea mucho el punto g sobre la individualización de las multas (la capacidad económica del infractor). Eso quiere decir que si uno no tiene una renta mínima le cascaran más de 600€ sólo por eso?
Mi objetivo es ir ahorrando unos 100-120€ por mes hasta final del plazo de prescripción (1 año) por lo que pudiera pasar. El hecho de que por ejemplo me llegara la cuantía máxima (10400€) haría que aunque pudiera pagarla reducidamente, me ocasionase muchos problemas o mejor dicho El problema con mi familia.
Si es que no me puedo plantear el hecho de recurrir nada como habéis dicho algunos porque no puedo meterme en esos berenjenales, por eso el agente que me multo le di la dirección de casa de mi padre para que llegado el caso evitar pare decirlo claramente que mi mujer se enterase.
Llegado el caso si preescribe y espero (aunque no confio) que fuera así, pues tendré un dinero para poderle dar un uso y algo también para quitarme la abstinencia.

Que opináis
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  #875  
Antiguo 24-09-2015, 13:43
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Por último quería comentar sobre el hecho en si, por si le sirve a alguno.
El agente que me paró, o mejor dicho la pareja de agentes que ma paró, me recalcó muchas veces lo siguiente:
Me habían parado porque había parado a una prostituta, en un cruce y ponía en peligro la circulación. Me recalcaron muchas veces que si hubiera estacionado, me hubiera bajado del vehículo y me hubiera acercado a la chica no hubiera infringido nada. De hecho eso mismo le dijeron a la chica para que se lo fuera comentando a los clientes.
Es verdad que el articulo de la ley y cito: cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial., pero yo no me fío y es por eso que por mucho que me pese dejaré de ir a Marconi.
Me jode porque esto está desde Julio y ya me podía haber avisado alguna puta joder. Si es que yo suelo irme de lumis más o menos una vez por semana, no siempre a Marconi, muchas veces a pisos, pero a Marconi lo suelo frecuentar sobretodo más en épocas más primaverales veraniegas. Por eso puedo decir que mínimo cinco veces me habré ido con lumis en Marconi durante el verano y esta había sido la primera vez después de las vacaciones. Pero muchas más veces me he pasado y me paso para ver si hay “alguna novedad” aunque ese día no vaya a “consumir”. Es más comentar que muchas veces e incluso durante este mes de Julio, lo que pido a las lumis de Marconi es hacerlo fuera del coche por el morbo que me da. De hecho con la que me pararon había accedido. Imaginate, ya sólo me hubiera faltado que me hubieran pillado en ese momento (articulo 38 infracción leve: La realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena). Manda huevos que eso sea leve y lo otro grave.
Así que compañeros del foro, si alguno queréis seguir arriesgándoos, ya sabeis. Aparcad el coche correctamente y hablar con ella fuera del coche, aunque luego os acompañe. Veamos si así ya dejan de multar, y si alguno le pase así también que por favor lo comente.
Me jode la abstintencia que me he autoimpuesto como medida de ahorro por la posible sanción y os comento que ya me cuesta, ya que por el camino de vuelta del curro me pilla Marconi y no pasar ya nunca más me jode y mucho. Si no ha pasado ya una semana y ante el polvus interruptus pues tengo ganas, pero que se le va a hacer, me joderé y punto.

Que opináis?
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  #876  
Antiguo 28-09-2015, 15:03
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Yo sinceramente dada la voracidad de estos hijos de la gran puta que se hacen llamar representantes de la soberanía popular, me temo que hay que ir haciendo hucha, porque las ostias van a ir cayendo, así que no esperéis milagros, los milagros son en Lourdes no en Marconi.
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  #877  
Antiguo 30-09-2015, 15:57
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Iniciado por RECEPON Ver Mensaje
Yo sinceramente dada la voracidad de estos hijos de la gran puta que se hacen llamar representantes de la soberanía popular, me temo que hay que ir haciendo hucha, porque las ostias van a ir cayendo, así que no esperéis milagros, los milagros son en Lourdes no en Marconi.
Yo pienso que también puede llegar, tardará quizás algod e tiempo mientras que se organizan con estas nuevas multas, pero creo que llegará. Por si las moscas ya he empezado a ahorrar para pagar la multaza, q a saber cuanto será.
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  #878  
Antiguo 18-10-2015, 07:32
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Una pregunta, para multarte ¿tienen que detenerte e identificarte? ¿O pueden denunciar al vehículo? Estuve por allí hace unos días, paré a hablar con chicas y me fui. La policía estaba por allí pero no me detuvieron para identificarme. ¿Podría llegarme una multa?
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  #879  
Antiguo 19-10-2015, 13:28
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Iniciado por HellBitch Ver Mensaje
Una pregunta, para multarte ¿tienen que detenerte e identificarte? ¿O pueden denunciar al vehículo? Estuve por allí hace unos días, paré a hablar con chicas y me fui. La policía estaba por allí pero no me detuvieron para identificarme. ¿Podría llegarme una multa?
No te tienen que parar, pedir DNI, tomar tus datos, etc, etc.
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  #880  
Antiguo 22-10-2015, 19:26
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Iniciado por madpanther Ver Mensaje
No te tienen que parar, pedir DNI, tomar tus datos, etc, etc.
Muchísimas gracias!! Me quedo más tranquilo
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  #881  
Antiguo 29-10-2015, 23:24
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Yo ya escribi en el forochat marconi.

De agosto me a llegado la notificacion de 601 euros, pagando antes de 15 dias se me quedaba en 300,50, y ya pague.

El caso es que me ponen en la denuncia.

se encontraba ud solicitando servicios sexuales retriubuidos en zona de transito publico,generando un riesgo para la seguridad vial.

El caso es que yo no estaba parado en la carretera ni nada, sino apartado en una de las calles detras de un arbol que hay,asi que no me cuadra
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  #882  
Antiguo 29-10-2015, 23:25
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Hola muy buenas compañeros foreros, me gustaría que alguien me respondiese o me diera algo de luz al tema
Paso a contar mi experiencia.
1- hace como casi un mes estaba en marconi y estuve con una chavala , el coche bien aparcado todo normal, termine la faena y fue cuando vi una furgoneta de la poli acercándose , salí cagando ostias del coche con los pantalones puestos claro, paro la furgoneta y salieron tres polis ,uno con barba de talibán , una tia rubia ,y el otro ni le mire, bueno que me echaron la peta, ala lumi le dejaron ir , ami me identificaron , como me pillaron fuera del coche dije que no estaba haciendo nada y que estaba hablando con la lumi ,me apuntaron los datos del dni , y del coche , me dijeron que me iban a proponer para sanción o algo así me dijeron que no vuela por allí , pero nada mas se fueron , solo apunto el poli mis datos del dni y no me dieron ni acta de la denuncia ni nada, algún entendido me puede dar luces en el asunto si al final me llegara la multa o quedo en un susto , de todas maneras estoy ahorrando espero que no me follen mas de 700..
bueno si se algo ya se los comento..un saludo .... habría que pillar un abogado entre todos los denunciados y que nos haga precio por un buen recurso...
Pues mentalizate que te va a llegar tarde o temprano.A mi me engañaron porque me dijeron que si me llegaba seria 30 euros,y ni se identificaron pero claro tenemos siempre la de perder.
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  #883  
Antiguo 30-10-2015, 18:40
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Iniciado por Balty Ver Mensaje
Yo ya escribi en el forochat marconi.

De agosto me a llegado la notificacion de 601 euros, pagando antes de 15 dias se me quedaba en 300,50, y ya pague.

El caso es que me ponen en la denuncia.

se encontraba ud solicitando servicios sexuales retriubuidos en zona de transito publico,generando un riesgo para la seguridad vial.

El caso es que yo no estaba parado en la carretera ni nada, sino apartado en una de las calles detras de un arbol que hay,asi que no me cuadra
Muchas gracias por la información, parece ser que no han tardado mucho. Algo más de 2 meses. Eso es bueno para saber a que atenernos y la cantidad que va a llegar.

Por cierto, tenías algún problema familiar o algo que te pudiera acarrear la notificación? a parte de lperjuicio economico?

Última edición por madpanther; 30-10-2015 a las 18:45
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  #884  
Antiguo 30-10-2015, 19:31
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como está el tema.....
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  #885  
Antiguo 30-10-2015, 21:51
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Por último quería comentar sobre el hecho en si, por si le sirve a alguno.
El agente que me paró, o mejor dicho la pareja de agentes que ma paró, me recalcó muchas veces lo siguiente:
Me habían parado porque había parado a una prostituta, en un cruce y ponía en peligro la circulación. Me recalcaron muchas veces que si hubiera estacionado, me hubiera bajado del vehículo y me hubiera acercado a la chica no hubiera infringido nada. De hecho eso mismo le dijeron a la chica para que se lo fuera comentando a los clientes.
Es verdad que el articulo de la ley y cito: cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial., pero yo no me fío y es por eso que por mucho que me pese dejaré de ir a Marconi.
Me jode porque esto está desde Julio y ya me podía haber avisado alguna puta joder. Si es que yo suelo irme de lumis más o menos una vez por semana, no siempre a Marconi, muchas veces a pisos, pero a Marconi lo suelo frecuentar sobretodo más en épocas más primaverales veraniegas. Por eso puedo decir que mínimo cinco veces me habré ido con lumis en Marconi durante el verano y esta había sido la primera vez después de las vacaciones. Pero muchas más veces me he pasado y me paso para ver si hay “alguna novedad” aunque ese día no vaya a “consumir”. Es más comentar que muchas veces e incluso durante este mes de Julio, lo que pido a las lumis de Marconi es hacerlo fuera del coche por el morbo que me da. De hecho con la que me pararon había accedido. Imaginate, ya sólo me hubiera faltado que me hubieran pillado en ese momento (articulo 38 infracción leve: La realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena). Manda huevos que eso sea leve y lo otro grave.
Así que compañeros del foro, si alguno queréis seguir arriesgándoos, ya sabeis. Aparcad el coche correctamente y hablar con ella fuera del coche, aunque luego os acompañe. Veamos si así ya dejan de multar, y si alguno le pase así también que por favor lo comente.
Me jode la abstintencia que me he autoimpuesto como medida de ahorro por la posible sanción y os comento que ya me cuesta, ya que por el camino de vuelta del curro me pilla Marconi y no pasar ya nunca más me jode y mucho. Si no ha pasado ya una semana y ante el polvus interruptus pues tengo ganas, pero que se le va a hacer, me joderé y punto.

Que opináis?
Menuda putada, no pensaba que lo fueran a poner en marcha, creia que era algo disuasorio, pero una vez abierta la veda os van a cazar, daros cuenta el afan recaudatorio que tienen con el trafico de vehiculos, y alli por lo visto suman trafico de vehiculos y exibicion obscena como lo llaman, teneis que organiozaros u os echan de Marconi, no se, leer esos articulos y respetarlos a rajatabla, no se me ocurre otra cosa.
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  #886  
Antiguo 31-10-2015, 01:01
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Muchas gracias por la información, parece ser que no han tardado mucho. Algo más de 2 meses. Eso es bueno para saber a que atenernos y la cantidad que va a llegar.

Por cierto, tenías algún problema familiar o algo que te pudiera acarrear la notificación? a parte de lperjuicio economico?
la notificación la envía correos, no estaba en casa y dejaron el aviso y al recogerlo en correos en el sobre ya pone algo de derechos ciudadanos. Fui una vez y jure que Marconi no volvia más, caro me salió la broma.
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  #887  
Antiguo 31-10-2015, 01:09
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Iniciado por uji Ver Mensaje
No es la primera vez que leo esto y, la verdad, no sé de dónde saca la gente estas ideas. Un policía no tiene ninguna obligación de decirte la verdad. Ninguna. Es más, si cree que para conseguir su objetivo debe engañarte, lo hará sin dudarlo. Estaría bien que todo el mundo tuviera eso bien claro.

Saludos.
A mi me engañaron diciéndome que serían, 30euros y me lo creí, llamarme raro pero no tenía ni idea ni de que no se podía ni de la cuantía de las multas. Me dijeron 30 y zas, 601. Y es más, a mi ni se identificaron ni nada directamente documentación y yo acojonado pique, pero tenía que haber pedido se identificaran
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  #888  
Antiguo 31-10-2015, 02:05
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Iniciado por Balty Ver Mensaje
Yo ya escribi en el forochat marconi.

De agosto me a llegado la notificacion de 601 euros, pagando antes de 15 dias se me quedaba en 300,50, y ya pague.

El caso es que me ponen en la denuncia.

se encontraba ud solicitando servicios sexuales retriubuidos en zona de transito publico,generando un riesgo para la seguridad vial.

El caso es que yo no estaba parado en la carretera ni nada, sino apartado en una de las calles detras de un arbol que hay,asi que no me cuadra
A ver si alguien entendido en leyes me saca de dudas:
¿Es legal que te manden una notificación a casa donde dice que tal día a tal hora y en tal sitio estabas solicitando servicios sexuales?
¿No están violando el derecho a la intimidad?

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El derecho a la intimidad consiste en la defensa de la persona en su totalidad a través de un muro que prohíbe publicar o dar a conocer datos sobre temas como la religión, la política o la vida íntima. La revelación de estos datos conlleva a una pena, en algunos países perpetua y en España de 6 o 7 años. El ser humano tiene derecho absoluto a mantener su vida privada y bajo ningún concepto esto puede ser revelado ni siquiera a una persona muy cercana.

En este sentido, el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos , adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece que el derecho a la vida privada es un derecho humano, y que:

"Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada
, ni su familia, ni cualquier entidad, ni de ataques a su honra o su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques."
__________________
"De esta vida sacarás... lo que metas, nada más"
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  #889  
Antiguo 31-10-2015, 12:49
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A ver si alguien entendido en leyes me saca de dudas:
¿Es legal que te manden una notificación a casa donde dice que tal día a tal hora y en tal sitio estabas solicitando servicios sexuales?
¿No están violando el derecho a la intimidad?


Si te llega una notificacion a tu nombre a casa es a ti a quien se dirige dicha notificación. Si tu mujer la lee es ella la que esta incumpliendo tu derecho a la intimidad no la policia. En mi caso de todas formas solo recibo la notificación de que tengo una multa y luego tengo tengo que ir a correos a recogerla y salvo que le autorize a mi pareja a recogerla tengo que ir yo.
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  #890  
Antiguo 31-10-2015, 22:44
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Si te llega una notificacion a tu nombre a casa es a ti a quien se dirige dicha notificación. Si tu mujer la lee es ella la que esta incumpliendo tu derecho a la intimidad no la policia. En mi caso de todas formas solo recibo la notificación de que tengo una multa y luego tengo tengo que ir a correos a recogerla y salvo que le autorize a mi pareja a recogerla tengo que ir yo.
La policía está incumpliendo mi derecho a la intimidad al dejar registro oficial de que tal día a tal hora estaba solicitando servicios sexuales. Ten en cuenta que solicitar servicios sexuales a una lumi no es ilegal y, además, forma parte de mi intimidad. Lo ilegal es poner en peligro la seguridad vial. No entiendo por qué tiene que quedar registrado oficialmente un acto que no es ilegal y que forma parte de la vida privada.

Es como si me multan por saltarme un semáforo y en la notificación que me llega a casa dice que me salté el semáforo mientras iba acompañado por una prostituta. ¿Tiene eso algún sentido?

Me parece que le van a joder el matrimonio a más de uno. No es mi caso porque ni me han multado ni estoy casado ni voy de callejeras ni vivo en Madrid... así que de momento veo los toros desde la barrera. Pero como traguemos con esto luego vendrán más medidas de este estilo y al final la mierda nos va a salpicar a todos.

Sinceramente no entiendo como se puede permitir algo así. No creo que sea legal.
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  #891  
Antiguo 01-11-2015, 01:20
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Desde luego se están proponiendo hacerle la vida imposible a más de uno, no suelo ir de callejeras por esto mismo, cada vez se hace más complicado y no está uno para jugársela.
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  #892  
Antiguo 02-11-2015, 12:39
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Iniciado por cunthunter Ver Mensaje
La policía está incumpliendo mi derecho a la intimidad al dejar registro oficial de que tal día a tal hora estaba solicitando servicios sexuales. Ten en cuenta que solicitar servicios sexuales a una lumi no es ilegal y, además, forma parte de mi intimidad. Lo ilegal es poner en peligro la seguridad vial. No entiendo por qué tiene que quedar registrado oficialmente un acto que no es ilegal y que forma parte de la vida privada.
No amigo, creo que no te has leido bien la ley:

36. Son infracciones graves:

11. La solicitud o aceptación por el demandante de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial.


Es decir que por ley si que es ilegal la solicitud de servicios sexuales cuando puedas generar riesgo para la seguridad vial y es de hecho sancionado como grave. La multa no es solo por poner en peligro la seguridad sino por ponerla al solicitar servicios sexuales.

Las sanciones exclusivas sobre poner en peligro la seguridad vial no entran en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad
ciudadana sino en la La Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Al ser un delito, el derecho a la intimidad no limita ni la capacidad de sanción ni por tanto la capacidad de tomar registro de dicha sanción en los limites que la propia ley señala en su articulo 43:

Artículo 43. Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana.

1. A efectos exclusivamente de apreciar la reincidencia en la comisión de
infracciones tipificadas en esta Ley, se crea en el Ministerio del Interior un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana.
Las comunidades autónomas que hayan asumido competencias para la protección de personas y bienes y para el mantenimiento de la seguridad ciudadana y cuenten con un cuerpo de policía propio, podrán crear sus propios registros de infracciones contra la seguridad ciudadana.

2. Reglamentariamente se regulará la organización y funcionamiento del Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana, en el que únicamente se practicarán los siguientes asientos:

a) Datos personales del infractor.
b) Infracción cometida.
c) Sanción o sanciones firmes en vía administrativa impuestas, con indicación de su
alcance temporal, cuando proceda.
d) Lugar y fecha de la comisión de la infracción.
e) Órgano que haya impuesto la sanción.

3. Las personas a las que se haya impuesto una sanción que haya adquirido firmezaen vía administrativa serán informadas de que se procederá a la práctica de loscorrespondientes asientos en el Registro Central de Infracciones contra la SeguridadCiudadana. Podrán solicitar el acceso, cancelación o rectificación de sus datos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo. Los asientos se cancelarán de oficio transcurridos tres años cuando se trate de infracciones muy graves,
dos años en el caso de infracciones graves y uno en el de infracciones leves, a contar desde la firmeza de la sanción.

4. Las autoridades y órganos de las distintas administraciones públicas con
competencia sancionadora en materia de seguridad ciudadana, de acuerdo con esta Ley, comunicarán al Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana las resoluciones sancionadoras dictadas, una vez firmes en vía administrativa. Asimismo, a estos efectos, dichas administraciones públicas tendrán acceso a los datos obrantes en ese Registro Central.


Como ves no solo pueden registrar la infracción (como es lógico) sino que ademas pueden crear un archivo de dichos delitos. Algo que por cierto ya ratifico el tribunal constitucional hace años cuando considero constitucional la creación del archivo de violadores.

En cuanto a la comunicación, es obligatoria tambien por ley y los medios para hacerlo tambien estan establecidos por ley pero de nuevo te recuerdo que la ley protege la intimidad de tu correo y dicho derecho a la intimidad tambien atañe a tu pareja. Por tanto repito que si tu pareja lee tu correo es ella la que esta vulnerando tu derecho a la intimidad no el estado:

Articulo 97.1 del codigo penal establece:

Del descubrimiento y revelación de secretos

El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.


Y aunque te pueda parecer raro son numerosas las sentencias que han condenado a parejas por leer cartas, diarios, moviles, e-mails, etc.
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  #893  
Antiguo 03-11-2015, 02:17
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No amigo, creo que no te has leido bien la ley:

36. Son infracciones graves:

11. La solicitud o aceptación por el demandante de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial.

Es decir que por ley si que es ilegal la solicitud de servicios sexuales cuando puedas generar riesgo para la seguridad vial y es de hecho sancionado como grave. La multa no es solo por poner en peligro la seguridad sino por ponerla al solicitar servicios sexuales.

Las sanciones exclusivas sobre poner en peligro la seguridad vial no entran en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad
ciudadana sino en la La Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
No me había leído la ley y me acabo de quedar flipado.

O sea, lo grave no es poner en riesgo la seguridad vial sino pornerla en riesgo por solicitar servicios sexuales remunerados (cosa que en sí no es ilegal)

Es decir, no pasa nada por solicitar servicios sexuales remunerados y no pasa nada por poner en riesgo la seguridad vial (más allá de una mínima multa) pero si concurren las dos circunstancias entonces te crujen vivo. Este país es un puto chiste.



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Iniciado por Jairus
Al ser un delito, el derecho a la intimidad no limita ni la capacidad de sanción ni por tanto la capacidad de tomar registro de dicha sanción en los limites que la propia ley señala en su articulo 43:
Esa ley es una tomadura de pelo que viola el derecho a la vida privada.
Dado que no está prohibido solicitar servicios sexuales a una prostituta y que ese acto pertenece a la vida privada, crear un registro oficial donde queda constancia de dicho acto es una aberración.

Supongamos que ahora sacan una ley que considere infracción grave poner en peligro la seguridad vial mientras se visita la sede de un sindicato. Dado que visitar la sede de un sindicato no es ilegal y pertenece al ámbito de la vida privada, sería un atropello que se creara un registro con la gente que ha visitado un sindicato con la excusa de que han aparcado mal el coche. No tiene ni pies ni cabeza. ¿Hay mayor peligro para la seguridad vial por el hecho de estar visitando un sindicato? ¿Se está castigando el poner en riesgo la seguridad vial o la visita al sindicato?

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Iniciado por Jairus
Como ves no solo pueden registrar la infracción (como es lógico) sino que ademas pueden crear un archivo de dichos delitos. Algo que por cierto ya ratifico el tribunal constitucional hace años cuando considero constitucional la creación del archivo de violadores.
Es que la infracción en sí es absurda.

Acción A: No tiene ninguna consecuencia. Pertenece al ámbito de la vida privada.

Acción B: Infracción leve que acarrea una pequeña multa.

A+B: Infracción grave. Te crujen vivo y queda registro oficial de un hecho que pertenece a tu intimidad.

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Iniciado por Jairus
En cuanto a la comunicación, es obligatoria tambien por ley y los medios para hacerlo tambien estan establecidos por ley pero de nuevo te recuerdo que la ley protege la intimidad de tu correo y dicho derecho a la intimidad tambien atañe a tu pareja. Por tanto repito que si tu pareja lee tu correo es ella la que esta vulnerando tu derecho a la intimidad no el estado:

Articulo 97.1 del codigo penal establece:

Del descubrimiento y revelación de secretos
Vale. Mañana te mando una carta a tu casa a tu nombre con información de tu vida íntima y tu mujer la lee. ¿dirías que alguien más a parte de tu mujer ha violado tu derecho la intimidad?

En fin, queda demostrado una vez más que en este país las leyes son hechas por y para delincuentes.

Meanwhile...

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  #894  
Antiguo 03-11-2015, 14:20
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Es que la infracción en sí es absurda.

Acción A: No tiene ninguna consecuencia. Pertenece al ámbito de la vida privada.

Acción B: Infracción leve que acarrea una pequeña multa.

A+B: Infracción grave. Te crujen vivo y queda registro oficial de un hecho que pertenece a tu intimidad.
En esto no podria estar mas de acuerdo contigo. De hecho el mal estacionamiento y la detención en medio de la calzada es habitual en numerosos poligonos y no se sanciona. De hecho la simple detención, sin bajarte del coche no es delito siempre que la señalices adecuadamente. Pero de repente resulta que pararte a hablar o recoger una lumi pone en peligro la seguridad (supongo que el que va detras debe andar en la inopia mirando las putas y no se da cuenta de que estas parado).

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Vale. Mañana te mando una carta a tu casa a tu nombre con información de tu vida íntima y tu mujer la lee. ¿dirías que alguien más a parte de tu mujer ha
violado tu derecho la intimidad?
Cartas, correos y llamadas intimas las recibimos a diario ya que toda comunicación por medios privados entran dentro del ambito de la intimidad. Si por ejemplo yo envio una carta a mi amante y su marido la lee yo no habría vulnerado para nada su derecho a la intimidad pues mi carta se dirigia a ella y no a él pese a revelar datos intimos. En realidad tambien una multa de tráfico es considerada propia de la intimidad, asi como un gasto de restauración, o cualquier cosa que atañe a tu vida privada y no por eso se deja de enviar extractos bancarios u otras comunicaciones personales. No solo lo que atañe al sexo se considera intimo.
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  #895  
Antiguo 10-11-2015, 00:38
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algun municipal os ha multado? al final no hay ordenanza del ayuntamiento relacionada con la prostitucion?


En esta noticia pone que municipales también han multado a clientes...imagino que lo que haran seran avisar a nacionales para que la CNP ponga la multa de 600 euros (por solicitar servicios sexuales poniendo en riesgo la seguridad vial del articulo 36 de la ley de seguridad ciudadana) y los municipales se limitarán a poner la multa 100 euros por dificultar la seguridad vial solo....

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  #896  
Antiguo 04-12-2015, 13:33
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Bueno, a ver si me he enterado, que es una duda grande que se me plantea y tengo constancia de que algunos compañeros nuestros tambien y no se donde la puedo solucionar:
En cualquier municipio español, por la ley mordaza (punto 11 y tal) nos pueden multar solo si aceptamos servicios cerca colegios, centros recreativos... lugares donde puedan acceder menores ¿no?
Pero además hay ordenanzas municipales en las que como en Madrid si no entendido mal, si nos tiramos a una callejera lo hacemos sabiendo que podemos ser multados independientemente de donde lo hagamos. Es así? O no me he enterado de nada?
En que otras ciudades sabeis que exista este tipo de ordenanza?
Gracias compañeros
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  #897  
Antiguo 05-12-2015, 02:44
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Por si alguien está interesado de verdad en conocer esta ley a fondo, y saber de boca de juristas expertos en derecho administrativo, como interpretarla;desde el próximo 11 de diciembre y hasta el 10 de enero se hace un curso virtual y presencial en la facultad de derecho de Baleares. Si bien es cierto que estos cursos suelen ser para estudiantes de derecho y abogados ya en ejercicio, creo que pagando la matrícula del curso se puede hacer igual.

Si alguien está realmente interesado en conocerla a fondo y tiene tiempo, ya sabe.
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  #898  
Antiguo 06-12-2015, 07:55
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Joder, menudo panorama

No habeis pensado en llevar media docena de botellines de agua, y si os paran decir que solo vais a darles de beber que os dan penita las señoritas putas?
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La cantidad total de sexo no deseado soportado por las mujeres probablemente es mayor en el ámbito del matrimonio que en el ámbito de la prostitución. – Bertrand Russell
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  #899  
Antiguo 06-12-2015, 10:59
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A mí ya me han asustado, he dejado de ir con lumis callejeras, una pena.
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  #900  
Antiguo 06-12-2015, 12:32
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Si tienes cuidado en Marconi, y aparcas antes de contactar, no está pasando nada ultimamente
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