Yo ya escribi en el forochat marconi.
De agosto me a llegado la notificacion de 601 euros, pagando antes de 15 dias se me quedaba en 300,50, y ya pague. El caso es que me ponen en la denuncia. se encontraba ud solicitando servicios sexuales retriubuidos en zona de transito publico,generando un riesgo para la seguridad vial. El caso es que yo no estaba parado en la carretera ni nada, sino apartado en una de las calles detras de un arbol que hay,asi que no me cuadra |
Cita:
|
Cita:
Por cierto, tenías algún problema familiar o algo que te pudiera acarrear la notificación? a parte de lperjuicio economico? |
como está el tema.....
|
Cita:
|
Cita:
|
Cita:
|
Cita:
¿Es legal que te manden una notificación a casa donde dice que tal día a tal hora y en tal sitio estabas solicitando servicios sexuales? ¿No están violando el derecho a la intimidad? |
Cita:
|
Cita:
Es como si me multan por saltarme un semáforo y en la notificación que me llega a casa dice que me salté el semáforo mientras iba acompañado por una prostituta. ¿Tiene eso algún sentido? Me parece que le van a joder el matrimonio a más de uno. No es mi caso porque ni me han multado ni estoy casado ni voy de callejeras ni vivo en Madrid... así que de momento veo los toros desde la barrera. Pero como traguemos con esto luego vendrán más medidas de este estilo y al final la mierda nos va a salpicar a todos. Sinceramente no entiendo como se puede permitir algo así. No creo que sea legal. |
Desde luego se están proponiendo hacerle la vida imposible a más de uno, no suelo ir de callejeras por esto mismo, cada vez se hace más complicado y no está uno para jugársela.
|
Cita:
36. Son infracciones graves: 11. La solicitud o aceptación por el demandante de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial. Es decir que por ley si que es ilegal la solicitud de servicios sexuales cuando puedas generar riesgo para la seguridad vial y es de hecho sancionado como grave. La multa no es solo por poner en peligro la seguridad sino por ponerla al solicitar servicios sexuales. Las sanciones exclusivas sobre poner en peligro la seguridad vial no entran en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana sino en la La Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Al ser un delito, el derecho a la intimidad no limita ni la capacidad de sanción ni por tanto la capacidad de tomar registro de dicha sanción en los limites que la propia ley señala en su articulo 43: Artículo 43. Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana. 1. A efectos exclusivamente de apreciar la reincidencia en la comisión de infracciones tipificadas en esta Ley, se crea en el Ministerio del Interior un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana. Las comunidades autónomas que hayan asumido competencias para la protección de personas y bienes y para el mantenimiento de la seguridad ciudadana y cuenten con un cuerpo de policía propio, podrán crear sus propios registros de infracciones contra la seguridad ciudadana. 2. Reglamentariamente se regulará la organización y funcionamiento del Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana, en el que únicamente se practicarán los siguientes asientos: a) Datos personales del infractor. b) Infracción cometida. c) Sanción o sanciones firmes en vía administrativa impuestas, con indicación de su alcance temporal, cuando proceda. d) Lugar y fecha de la comisión de la infracción. e) Órgano que haya impuesto la sanción. 3. Las personas a las que se haya impuesto una sanción que haya adquirido firmezaen vía administrativa serán informadas de que se procederá a la práctica de loscorrespondientes asientos en el Registro Central de Infracciones contra la SeguridadCiudadana. Podrán solicitar el acceso, cancelación o rectificación de sus datos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo. Los asientos se cancelarán de oficio transcurridos tres años cuando se trate de infracciones muy graves, dos años en el caso de infracciones graves y uno en el de infracciones leves, a contar desde la firmeza de la sanción. 4. Las autoridades y órganos de las distintas administraciones públicas con competencia sancionadora en materia de seguridad ciudadana, de acuerdo con esta Ley, comunicarán al Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana las resoluciones sancionadoras dictadas, una vez firmes en vía administrativa. Asimismo, a estos efectos, dichas administraciones públicas tendrán acceso a los datos obrantes en ese Registro Central. Como ves no solo pueden registrar la infracción (como es lógico) sino que ademas pueden crear un archivo de dichos delitos. Algo que por cierto ya ratifico el tribunal constitucional hace años cuando considero constitucional la creación del archivo de violadores. En cuanto a la comunicación, es obligatoria tambien por ley y los medios para hacerlo tambien estan establecidos por ley pero de nuevo te recuerdo que la ley protege la intimidad de tu correo y dicho derecho a la intimidad tambien atañe a tu pareja. Por tanto repito que si tu pareja lee tu correo es ella la que esta vulnerando tu derecho a la intimidad no el estado: Articulo 97.1 del codigo penal establece: Del descubrimiento y revelación de secretos El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. Y aunque te pueda parecer raro son numerosas las sentencias que han condenado a parejas por leer cartas, diarios, moviles, e-mails, etc. |
Cita:
O sea, lo grave no es poner en riesgo la seguridad vial sino pornerla en riesgo por solicitar servicios sexuales remunerados (cosa que en sí no es ilegal) Es decir, no pasa nada por solicitar servicios sexuales remunerados y no pasa nada por poner en riesgo la seguridad vial (más allá de una mínima multa) pero si concurren las dos circunstancias entonces te crujen vivo. Este país es un puto chiste. Cita:
Dado que no está prohibido solicitar servicios sexuales a una prostituta y que ese acto pertenece a la vida privada, crear un registro oficial donde queda constancia de dicho acto es una aberración. Supongamos que ahora sacan una ley que considere infracción grave poner en peligro la seguridad vial mientras se visita la sede de un sindicato. Dado que visitar la sede de un sindicato no es ilegal y pertenece al ámbito de la vida privada, sería un atropello que se creara un registro con la gente que ha visitado un sindicato con la excusa de que han aparcado mal el coche. No tiene ni pies ni cabeza. ¿Hay mayor peligro para la seguridad vial por el hecho de estar visitando un sindicato? ¿Se está castigando el poner en riesgo la seguridad vial o la visita al sindicato? Cita:
Acción A: No tiene ninguna consecuencia. Pertenece al ámbito de la vida privada. Acción B: Infracción leve que acarrea una pequeña multa. A+B: Infracción grave. Te crujen vivo y queda registro oficial de un hecho que pertenece a tu intimidad. Cita:
En fin, queda demostrado una vez más que en este país las leyes son hechas por y para delincuentes. Meanwhile... |
Cita:
Cita:
|
algun municipal os ha multado? al final no hay ordenanza del ayuntamiento relacionada con la prostitucion?
En esta noticia pone que municipales también han multado a clientes...imagino que lo que haran seran avisar a nacionales para que la CNP ponga la multa de 600 euros (por solicitar servicios sexuales poniendo en riesgo la seguridad vial del articulo 36 de la ley de seguridad ciudadana) y los municipales se limitarán a poner la multa 100 euros por dificultar la seguridad vial solo....
[Only registered and activated users can see links. Click Here To Register...] |
Bueno, a ver si me he enterado, que es una duda grande que se me plantea y tengo constancia de que algunos compañeros nuestros tambien y no se donde la puedo solucionar:
En cualquier municipio español, por la ley mordaza (punto 11 y tal) nos pueden multar solo si aceptamos servicios cerca colegios, centros recreativos... lugares donde puedan acceder menores ¿no? Pero además hay ordenanzas municipales en las que como en Madrid si no entendido mal, si nos tiramos a una callejera lo hacemos sabiendo que podemos ser multados independientemente de donde lo hagamos. Es así? O no me he enterado de nada? En que otras ciudades sabeis que exista este tipo de ordenanza? Gracias compañeros |
Por si alguien está interesado de verdad en conocer esta ley a fondo, y saber de boca de juristas expertos en derecho administrativo, como interpretarla;desde el próximo 11 de diciembre y hasta el 10 de enero se hace un curso virtual y presencial en la facultad de derecho de Baleares. Si bien es cierto que estos cursos suelen ser para estudiantes de derecho y abogados ya en ejercicio, creo que pagando la matrícula del curso se puede hacer igual.
Si alguien está realmente interesado en conocerla a fondo y tiene tiempo, ya sabe. |
Joder, menudo panorama
No habeis pensado en llevar media docena de botellines de agua, y si os paran decir que solo vais a darles de beber que os dan penita las señoritas putas? |
A mí ya me han asustado, he dejado de ir con lumis callejeras, una pena.
|
Si tienes cuidado en Marconi, y aparcas antes de contactar, no está pasando nada ultimamente
|
Hay quienes se ríen a diario de la Policía.
Tras ser encausadas recientemente por prostituir a menores, siguen incumpliendo las normas del Ayuntamiento de Murcia que prohíben hacer publicidad de locales de prostitución cerca de colegios y academias infantiles.
[Only registered and activated users can see links. Click Here To Register...] |
Cita:
Es que todo es muy dudoso, porque por ahí he leído que la local puede multar con solamente apuntar la matrícula. Eso será cierto? Es que si es cierto es darles un poder extremo a la poli |
¿Te pueden multar si estas parado con ellas hablando sin hacer nada? es decir te multan si estas en el tema o si te paras a preguntar también?
|
.
Cita:
Puto y famoso 36.11: sancionando como [Only registered and activated users can see links. Click Here To Register...], en el ámbito de la prostitución, "el ofrecimiento, solicitud, negociación o aceptación de servicios sexuales retribuidos" en ciertas zonas (lugares de uso de menores, carreteras...) :smiley_mad: con lo cual si quieren te joden ya que ellos tienen presunción de veracidad. |
Cita:
La policia tiene presunción de veracidad siempre; pero las multas de trafico se recurren y, muchas veces, se gana aunque seas culpable.....Aqui el problema es que no creo que estas multas se van a recurrir por sstema como esas otras y esto va a conducir a que la policia no va a tener que preocuparse mucho por justificarlas..... |
Vamos a ver, yo voy con la bici por la casa de campo, y me paro con una chica a preguntar o charlar ¿me pueden multar?
|
Cita:
|
[QUOTE=mfe;1616242]La policia tiene presunción de veracidad siempre; pero las multas de trafico se recurren y, muchas veces, se gana aunque seas culpable.....Aqui el problema es que no creo que estas multas se van a recurrir por sstema como esas otras y esto va a conducir a que la policia no va a tener que preocuparse mucho por jus
Poquísimas sanciones de tráfico que se recurren acaban siendo retiradas, sólo cuando lo puedes justificar de manera DOCUMENTAL. Y por supuesto que la palabra de un policía tiene presunción de veracidad, estaríamos apañados si fuese lo contrario. Y al que dice que no le pueden sancionar por hablar desde la bicicleta, aunque creo que ya ha sido debidamente respondido, con todos mis respetos, me parece de una bendita inocencia no contemplar la posibilidad de que el policía no interprete que estás negociando con una de estas señoritas :TFR116:TFR116:TFR116...... PUES CLARO!! normalmente el que se para con ellas no es para saludarlas, pero si quieres, ponles muchas veces a prueba, que lo que estás haciendo es comprar papeletas y al final te va a tocar la rifa, lo mismo otra bicicleta:TFR116 |
Cita:
Por otro lado, la presunción de veracidad no prevalece en ningun caso sobre la presunción de inocencia......Y si todo lo que hay en tu contra es la interpretación de un policia, cualquier abogado de medio pelo ganaba el recurso (En un estado de derecho, la unica interpretacion que va a misa es la del juez,no lo olvidemos nunca y si la cosa no esta muy clara, opera el principio de siempre a favor del reo).....Lo malo es, como ya he dicho, nadie va a llegar tan lejos. |
Pero desde cuándo las sanciones administrativas van ante un juez? Es que os forjáis unos castillos en la cabeza... Ni las multas de tráfico ni otras sanciones administrativas se resuelven en los juzgados ordinarios. Ante una sanción administrativa cabe agotar los recursos propios de la vía administrativa, pero dentro de la propia vía administrativa, no cabe derivarlo a la vía penal o civil.... eso es imposible. La presunción de inocencia se aplica en la vía penal o civil. Jamás se aplica en la vía administrativa y menos en una denuncia de tráfico o cualquier otra sanción administrativa como éstas tendentes a disuadir posibles clientes de meretrices callejeras. Fíjate lo que veo que desconoces, ante una sanción de tráfico sólo cabe hacer un recurso, ¿a que no sabes quién te contesta el recurso? El propio agente de policía que te ha denunciado. Y sólo en ésta vía SI que tienes que demostrar la posible injusticia o error del agente en la denuncia mediante documentos probatorios que lo acrediten. Ahora ya tienes un criterio más amplio para informar, no sea que algún valiente se vaya a lanzar y al pobre le cueste un disgusto en forma de palo a su bolsillo. El que quiera arriesgarse que lo haga, pero al menos que conozca la verdad y que esté debidamente informado de los riesgos que asume. Saludos a todos
|
Yo la verdad es que nunca me han multado pero para lo que hay últimamente en la casa de campo ni me arriesgo y menos de día.
|
Lo que yo se y me han dicho las chicas, en la casa de campo todavía no han multado desde que salio la ley, para eso ellas ya saben lo que tienen que hacer para que no haya problemas. Todavía la casa de campo es segura en ese sentido, lo único que hay que tener es precaucion. No como en Marconi, allí si que es chungo.
|
Cita:
|
recoger multa antes que llegue a casa?
Hola compañeros,
No soy de ir de chicas y menos de callejeras, pero el otro día me pasé por Marconi y tuve la mala suerte que me pararon y me multaron por preguntar y estacionar mal en la vía pública. Me dijeron que me llegaría a casa en 1 mes o mes y medio. Estoy acojonao, por si se entera la parienta....... ¿hay alguna forma de recoger la multa y pagarla antes que llegue a casa? Gracias |
Cita:
|
Cita:
|
Aquí otro más que tiene una historia para contar. Ayer por la noche (ya tarde a más de las 2) fuí a Casa de Campo ya que todo estaba muy tranquilo y no había policía alguna. (A mi también alguna chica me había dicho que allí no había problema de momento...) El caso es que recojo a una chica (ya digo queno avisté ni un coche de policía) y vamos al aparcamiento ése que hay a mano derecha antes de llegar a la estación de metro, según vienes desde la Av. Portugal. Nos ponemos al fondo de un camino de tierra.
Todo tranquilo, pero en un momento veo que una furgoneta se acerca a nosotros y yo acojonado, porque ése camino está cortado y yo estaba al fondo con el coche atravesado. Pensé que era alguno para robarme o a saber. Cuando está a 10 m o menos se para y al mirar mejor veo que tiene en el lateral unos putos cuadraditos azules y digo ya está; la puta multa (Ni llevaban encendidas luces de arriba) Pues estuvieron ahí como un minuto y la chica diciendo que no pasaba nada. Luego dieron marcha atrás y se pararon mucho más atrás, y después desaparecieron. Ahora no sé si es que me estaban cogiendo la matrícula para comprobar algo o simplemente les vale con eso para mandarte una multa. Pero sería surrealista que ni sabiendo lo que pasaba en el coche ni tomándote los datos te enviasen una multa. ¿Qué creéis? La chica me dijo que hasta ahora no multaban porque las conocían y sabían que no daban problemas y demás, pero que en Marconi había mucha delincuencia y se metían más. El caso es que la ley está ahí. Yo ya me he acojonado y la verdad es que lo vigilan muy bien. No vi un puto coche de policía ni casi circulación más que en los 10 o 15 min. que estuve allí. Parece que no tuviesen otra cosa que hacer la hostia. ¿Creo que hay una página del ayuntamiento donde puedes mirar si tienes multas pendientes no? Ahora me doy cuenta que serían los municipales por los cuadrados que vi. Pero vamos que da igual porque te podrían multar todos; aunque los municipales han sido siempre los de las multas. |
Joder que putada compañero,no tendrán otra cosa mejor que hacer?yo voy siempre a pisos y así evito ese tipo de problemas
|
Hola compañeros, debido a como esta el panorama de las callejeras, me recomendais lugares de pisos donde pueda ir y que los precios no superen los 50€?
Si ya habeis tenido experiencias las agradeceria. |
Los hay a montones, sólo hay que leer en los sub foros correspondientes
|
| El huso horario es GMT +2. La hora actual es: 12:19. |
Powered by vBulletin®
Copyright ©2000 - 2026, vBulletin Solutions, Inc.
Search Engine Friendly URLs by vBSEO 3.6.0
Ad Management plugin by RedTygerNavbar with Avatar by Motorradforum