Veintinueve hombres asesinados por mujeres: nadie hablará de nosotros cuando hayamos muerto - Foro Spalumi
    
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La ley y el maltrato (2)


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"el progreso consiste en luchar contra el determinismo biológico".
Samuel Butler, novelista británico del siglo XIX, admirador de Darwin.

Nota: En lo que sigue voy a utilizar datos y referencias (citas en gris) de un libro titulado "El Maltrato" que fue publicado hace ya varios años por la Sociedad Española de Medicina Rural y Generalista (SEMERGEN) con el objeto de ayudar a los médicos de Atención Primara a detectar y actuar de manera correcta ante un caso de maltrato.

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Cita:
En los últimos años se habían venido promulgando importantes reformas referentes a la VG, intentando lograr un acercamiento a las soluciones demandadas por las víctimas, con especial interés en mejorar la rapidez y eficacia de las mismas, fundamentalmente en lo que respecta a las medidas de seguridad y protección de la víctima (Ley 27/2003).

A pesar de los esfuerzos legislativos y de la aplicación de esas medidas, éstas no parecían ser suficientes, o no estar bien aplicadas, no tanto a nivel preventivo, cuya efectividad real requiere una evaluación tras una serie de años de implantación de las medidas, como desde el punto de vista propiamente legal, con denuncias y procesos judiciales con una duración media de 4 meses en la resolución de los casos de faltas; 14 meses en casos de delitos y 2 años para delitos más graves, que han de ser juzgados en Audiencias Provinciales, en ocasiones con jueces con prejuicios, medidas cautelares que no se cumplen, etc. En este contexto parecía justificada una Ley Integral contra la violencia de género, cuyo proyecto ya ha sido elaborado y aprobado recientemente por el Parlamento.

¿Qué es lo que tiene ¿Qué es lo que tiene esta ley de novedoso y exclusivo? ¿Por qué el Consejo General del Poder Judicial se manifestó en contra del proyecto de ley?

La respuesta es el objetivo de la propia ley, que dice así: «La presente ley tiene como objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia».

De forma resumida, el legislador trata de articular iniciativas basadas en el sexo de la víctima y en la intencionalidad del agresor es, por tanto, una ley que conlleva una serie de medidas de discriminación positiva. Esta circunstancia ha hecho que se plantee que el texto, redactado de la presente manera, puede ser inconstitucional y éticamente inmoral, si no tuviéramos ante nosotros un problema de la magnitud y consecuencias a las que nos hemos referido durante el capítulo. Y es que el origen del problema está realmente basado en el sexo de la víctima y en la intencionalidad del agresor. Parece evidente que sólo por este motivo es necesaria esta Ley Integral, por lo menos hasta que a través de todos los organismos y en futuras generaciones se logre una sociedad que no discrimine a la mujer, en el sentido de minorizarla y maltratarla sólo por el hecho de serlo.

El Tribunal Constitucional, en la sentencia 150/1991, declaró que «la Constitución consagra, sin duda, el principio de culpabilidad como principio estructural básico del Derecho Penal, de manera que no sería constitucionalmente legítimo un derecho penal “de autor” que determinará las penas en atención a la personalidad del reo y no según la culpabilidad de éste en la comisión de los hechos». Si partimos de este texto, obvio por otra parte, podemos estar de acuerdo en que esta Ley Integral de la violencia de género en un país moderno como el nuestro, es retrógrada, ya que se crea una jurisdicción especial, privativa de las mujeres y basada en la intencionalidad del agresor, no en un hecho concreto. Pues sí, es retrógrada y sexista —tan retrógrada y sexista como lo es el problema—, lo que no quiere decir, desde nuestro punto de vista, que sea innecesaria. ¿Será que la Constitución ha avanzado más rápido que la sociedad y ahora tenemos que volver atrás y comenzar a explicar que para que los ciudadanos seamos iguales ante la ley debemos primero aprender a respetar a la mujer sólo por serlo? Será que sí.
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Última edición por Leganitos; 05-12-2015 a las 12:27
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