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Libertad de expresión vs homofobia y refugiados


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Iniciado por hef Ver Mensaje
No te puedo contestar com un SI o NO. La cosa no es tan simple.
Es toda una paja mental ... sin final feliz.

Cita:
Iniciado por hef Ver Mensaje
Te digo como yo veo la cosa:[...]Asi que no puede existir una ley que penalize la critica a una ideologia.
El feminismo es una ideologia asi que devria poder ser criticado . Si uno por criticar una ideologia tiene que responder perante la justicia (como es el caso del señor Caniñares) entonces no hay libertad de pensamiento.
Y esto es retroceso social.
Todo esto es muchísimo mas sencillo. En las democracias occidentales no se persigue a nadie por pensar, no se condenan las ideas. Las leyes, el cuerpo de normas que los ciudadanos han establecido para acordar las conductas individuales y colectivas de forma que no haya disfuncionalidades en las mismas y todas reviertan en el bien común, no condenan las ideas ni los pensamientos. Las leyes ponen su punto de mira en los hechos. Son los hechos de conducta (lo que los individuos hacen) lo que se tiene en cuenta.Es mas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos se recoge en su art. 19 el Derecho a la Libertad de Expresión en los términos que he apuntado antes pero, un poco más adelante, también recoge los limites de la libertad de expresión ( y esto es lo que interesadamente quizás algunos parecen ignorar). Por que sí, la libertad de expresión tiene limites marcados tanto en la Declaración Universal antes aludida como en en desarrollo de la misma que han adoptado la mayoría de los países. Y uno de los límites marcados a la libertad de expresión es precisamente el derecho al respeto a la dignidad de las personas y su identidad. Y aquí es donde muchos fallan, aquí es donde parece que ha fallado el sr. Cañizares (1). La protección de la dignidad y la identidad es una prolongación necesaria y evidente del derecho a la vida. A vivir la vida, la que uno tiene por derecho, de la forma que a uno le venga en gana, con su propia identidad como sujeto y a preservar esa dignidad personal sin que nadie ni nada la cuestione. Se es lo que se elige ser y a nadie le tiene que importar.


(1) Me niego a intentar impedir que este sujeto hable.Quiero que lo haga, porque cuanto más larga, más se retratan él y los suyos. Y recuerdo a los desmemoriados que lo hace desde un púlpito que pagamos todos en el IRPF ( puede que Hef no)
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La homofobia no está protegida por la libertad de expresión. El Tribunal de Derechos Humanos condena a cuatro suecos por repartir propaganda antigay el juzgado de distrito consideró que sí había desprecio y los condenó por agitación contra un grupo por motivo de su nacionalidad o etnia. La sentencia fue confirmada en julio de 2006 por un tribunal superior. Los aspectos de esta sentencia han sido ratificados por el tribunal europeo, que considera adecuados los términos de la sentencia sueca. [...] También admite que aunque no se llamaba directamente a la acción contra los gais, los términos de las octavillas eran especialmente insultantes.
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En México, marzo 2013.
Las expresiones homofóbicas son manifestaciones discriminatorias y no están protegidas en el principio de la libertad de expresión, determinó este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación. [...] Tras resolver un amparo, los ministros ( * Jueces en México) analizaron la influencia del lenguaje en la percepción que las personas tienen de la realidad, el cual puede provocar prejuicios sociales mediante expresiones que califican a ciertos individuos o grupos, causando exclusión social. [...] Los ministros (*) estudiaron el papel de los discursos dominantes y los estereotipos, por lo que la Primera Sala concluyó que el lenguaje que se utiliza para ofender o descalificar a ciertos grupos adquiere la calificativa de discriminatorio. [...] Las expresiones homofóbicas son una categoría de discursos del odio, los cuales se identifican por provocar o fomentar el rechazo hacia un grupo social, con palabras de menosprecio e insulto que generan sentimientos sociales de hostilidad, indicaron los ministros (*).
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Desde siempre se ha querido argumentar que las personas que tienen actitudes, posturas y emiten comentarios racistas, homofóbicos, sexistas, misóginos, clasistas, etc; deben ser respetadas porque ese es su punto de vista. [...] la orientación sexual y el género son precisamente aspectos inherentes de la identidad de una persona. Por ende, es merecedora de respeto, así como otros elementos constitutivos como la etnia, la nacionalidad, el color de piel o cualquier condición innata de cada ser humano. Así como una persona merece respeto sea cual sea su raza, clase social, ascendencia o nacionalidad, tenga o no alguna condición congénita o producto de algún accidente, etc, la gente merece igualmente respeto por su identidad sexual y de género.
[...]las ideologías y creencias, así como las opiniones, son elecciones o producto del aprendizaje [...] Sí, estas también son merecedoras de respeto, pero no por razones equitativas a la identidad de las personas y SIEMPRE Y CUANDO las acciones y las expresiones que cada sujeto realice, en base a dichas ideologías y/o creencias, NO LASTIME A OTRXS. [...] El filósofo y economista político John Stuart Mill enunció el “principio de daño”, seguido universalmente en el ámbito legal y la sociedad en general, en el cual expone que “el único fin por el cual es justificable que la humanidad, individual o colectivamente, se entremeta en la libertad de acción de uno o cualquiera de sus miembros, es la propia protección de los individuos que componen la sociedad. El único propósito por el cual dicho poder puede ser justamente ejercido sobre cualquier miembro de una comunidad civilizada, en contra de su voluntad, es para prevenir que se lastime a otros”. Esto es lo que realmente quiere decir la tan trillada frase "tus derechos terminan donde comienzan los míos". [...] Así pues, en la sociedad en general, está entendido que existen limitaciones a la libertad de expresión, específicamente en situaciones en las que se perjudica o amenaza la integridad física, emocional o psicológica de alguien o cuando la libertad de expresión entra en conflicto con los derechos y libertades de otras personas.[...] no todo lo que una persona dice o expresa está amparado bajo la libertad de expresión y por lo tanto, puede ser reprochado, castigado y/o censurado, si es para proteger a un individuo o a un grupo de personas. Cosas como los discursos de odio, la difamación, la desinformación, la mentira y la manipulación no pueden ser entonces tolerados ya que representan un daño a la sociedad entera o a sectores de la misma. Incluso aquellas personas que buscan defender ciertas expresiones y actos, no sólo bajo la libertad de expresión sino la libertad de culto, religión o creencia, no están eximidos del “principio de daño” y por lo tanto, no pueden lastimar, humillar, ofender ni difamar a otros.
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Cita:
El lenguaje refleja claramente el modo de ver y pensar de las personas, viene de un aprendizaje ideológico, no son palabras inocuas sino que contienen un posicionamiento social frente a otras y otros, frente a la condición y concepción de lo que somos las mujeres y los hombres, refleja hasta qué punto hay resistencia a caminar hacia la igualdad.
Cita:
El llamado Hate Speech o discurso de odio es, al margen de la ley, la comunicación que vilipendia a una persona o un grupo basado en la discriminación contra esa persona o grupo. [...]Es claro que países desarrollados, donde existe una amplia y sustentada libertad de expresión, ..., se ha prohibido el hate speech o discurso de odio, como Australia, Bélgica, Canadá, Dinamarca, por mencionar algunos. [...] Por tanto, al tratarse la homosexualidad de una forma de sexualidad tan legítima como la heterosexualidad, puede concluirse que aquellas expresiones homófobas, esto es, que impliquen una incitación, promoción o justificación de la intolerancia hacia la homosexualidad, ya sea mediante términos abiertamente hostiles o de rechazo, o bien, a través de palabras burlescas, deben considerase como una categoría de lenguaje discriminatorio y, en ocasiones, de discursos del odio.
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Y aquí termina mi intervención por hoy. Como se puede comprobar en la misma he utilizado argumentos que proviene de la ONU, Tribunales Constitucionales y Cortes Supremas de distinto países y procedencias. Algunos pueden rechazar el contenido por ello ( ya se sabe que La ONU y el Tribunal Constitucional de España es "feminista" por definición de cunthunter; quizás también la fiscalía que se encargue del caso Cañizares). Recuerdese el tan citado " con la iglesia hemos topado, amigo Sancho" que dijo D. Quijote cuando buscaba a Dulcinea. Quizás esto también sea una paja mental. Espero que, en este caso ¡ con final feliz!
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Última edición por Leganitos; 30-06-2016 a las 12:51
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