Cita:
Iniciado por frajoin
Alguien puede resumir a día de hoy como está la situación jurídica y legal brevemente? ( que no sea estamos jodidos)
|
Consentimiento, reforma de los delitos sexuales y otras claves de la ley del sólo sí es sí
Sólo sí es sí. El grito unánime con el que el movimiento feminista español ha demandado una mayor respuesta contra la violencia sexual ya se ha convertido en ley: el Congreso de los Diputados ha dado su visto bueno al proyecto de ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual.
Han hecho falta más de dos años. El proyecto impulsado por el Ministerio de Igualdad salió del Consejo de Ministros en marzo de 2020 y ha tenido que recorrer un trayecto plagado de dificultades institucionales y políticas. Por el camino se ha dejado las medidas para luchar contra la explotación sexual: la reforma planteada sobre proxenetismo y tercería locativa ha enfrentado a los partidos del Gobierno, ha incomodado a los socios parlamentarios y monopolizado el debate sobre una norma cuyo objetivo principal es combatir contra las violencias sexuales y asegurar la protección, atención integral y recuperación de las víctimas, incluidas las menores de edad.
El cambio de paradigma a la hora de juzgar los delitos sexuales, que pivotará sobre el consentimiento (porque sólo sí es sí), y el fin de la distinción entre abuso y agresión sexual son las medidas más conocidas de la ley, demandas históricas del feminismo, pero la norma incluye multitud de actuaciones contra las violencias machistas. A continuación, los puntos más importantes del proyecto de ley de garantía integral de la libertad sexual:
-El consentimiento: será el elemento clave que determinará la existencia de una agresión sexual. Se pasa así de un sistema que exige demostrar que la víctima se negó y resistió a otro que requerirá un consentimiento afirmativo, como pide el Convenio de Estambul. La ley indica que "sólo entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona".
-No es abuso, es violación: la norma reforma la tipificación de los delitos sexuales en el Código Penal y acaba con la distinción entre agresión y abuso sexual, un clamor feminista tras el caso de la violación grupal de la manada. Se considerarán agresiones sexuales todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona y habrá distintas horquillas de penas en función de la gravedad y de la concurrencia de agravantes.
-Sumisión química: se incluyen dos nuevas agravantes en las agresiones sexuales. Una es que la víctima sea pareja o expareja del agresor y otra que el autor hubiera utilizado cualquier sustancia para anular la voluntad de la víctima, esto es, la sumisión química.
-Violencia sexual: la ley considera violencia sexual los actos de naturaleza sexual no consentidos o que condicionen el libre desarrollo de la vida sexual. Agresión sexual, acoso, violación, exhibicionismo, provocación sexual, explotación sexual, corrupción de menores, mutilación genital femenina, feminicidio sexual, matrimonio forzado, la trata con fines de explotación sexual y, en el ámbito digital, la difusión de actos de violencia sexual, la pornografía no consentida y la infantil y la extorsión sexual a través de medios tecnológicos. -Víctimas: el texto establece que la atención a todas las víctimas será integral e inmediata y que los servicios socioasistenciales podrán acreditar una situación de violencia sexual, al igual que ya se hace en la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja. Además, los servicios de atención a las víctimas serán esenciales y las víctimas tendrán derecho a una reparación integral.
-Centros de crisis: se crearán servicios públicos interdisciplinares de atención permanente para ofrecer asistencia las 24 horas tanto a las víctimas de violencia sexual como a sus familiares o allegados. En 2024 tiene que haber en funcionamiento uno en cada provincia.
-Casas de niños y niñas: se pondrán en marcha centros especializados para las víctimas menores de violencia sexual donde se les prestará una atención integral y adonde acudirán los distintos profesionales (policiales, jurídicos, educativos, etc.) con el objetivo de que sean lugares seguros y tranquilos para los más pequeños.-Educación sexual: estará presente en todas las etapas educativas y dará especial relevancia al ámbito digital como principal vía de prevención de comportamientos que atenten contra la libertad sexual.
-Extranjería: las mujeres en situación administrativa irregular que hayan sido víctimas de violencia sexualtendrán derecho a permiso de residencia y trabajo.
-Difusión de fotos y vídeos íntimos: el Código Penal castigará tanto la difusión como la redifusión de este material privado sin el consentimiento de la persona afectada.
-Prohibición de la publicidad de prostitución: cualquier tipo de anuncio sobre prostitución estará prohibido
.
-Violencia económica: con esta legislación se modifica la ley integral contra la violencia de género para incluir el concepto de violencia económica.
-Violencia vicaria: las madres de menores asesinados en crímenes vicarios serán al fin reconocidas como víctimas directas y tendrán garantizado el acceso a las ayudas estatales a víctimas de delitos violentos.
-Pruebas: la recogida de muestras biológicas de la víctima y otras pruebas que puedan contribuir a la acreditación de violencias sexuales y su conservación y cadena de custodia no estará supeditado a que se interponga denuncia.-Preguntas y revictimización: la ley incorpora diversas medidas para evitar la victimización secundaria de mujeres y menores en el proceso hasta su recuperación. Entre ellas, que el presidente de un tribunal pueda adoptar medidas para evitar que se formulen preguntas innecesarias relativas a la vida privada y la intimidad sexual que no tengan relevancia para el hecho enjuiciado.
-Pacto de Estado contra la Violencia de Género: se garantiza por ley su financiación, que hasta ahora dependía de la voluntad política de cada Gobierno. Todas las administraciones, la Fiscalía y el Consejo General del Poder Judicial estarán obligados a rendir cuentas cada cuatro años de su grado de cumplimiento del Pacto.
-Pulseras de control: cuando entre en vigor la norma, se podrán instalar dispositivos telemáticos de geolocalización para controlar el cumplimiento de penas o medidas de alejamiento de los agresores sexuales.
Referente a terceria locativa:
El pleno del Congreso aprobó este martes la toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica del Código Penal para la prohibición del proxenetismo en todas sus formas presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
El PSOE sacó el martes su propuesta con el apoyo del PP y de Podemos. PNV, EH Bildu y PDeCAT decidieron a abstenerse, mientras ERC, Junts y CUP han votado en contra. Tambien votaron en contra Ciudadanos, y Vox ha optado por la abstención.
La vicesecretaria general de los socialistas, Adriana Lastra, fue la encargada de defender el texto, que fue propuesto por su grupo tan solo un día después de que la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, dejara fuera la tercera locativa, es decir, el castigo a terceros que alquilen lugares donde se produce explotación sexual ajena, y que recupera la propuesta del grupo socialista.
El concepto de tercería locativa ha sido uno de los más discutidos este jueves en la sesión del Congreso que ha debatido la ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del ‘sólo sí es sí’. El primer borrador de la norma no incluía este término, pero el PSOE lo introdujo en una enmienda que planteaba medidas abolicionistas contra la prostitución. Finalmente, ha quedado fuera del texto legislativo.
El eterno debate en el seno del feminismo sobre la regulación o abolición de la prostitución ha entrado de lleno en la agenda política en los últimos días. A la apuesta decidida del PSOE de abolir la prostitución antes de que finalice la legislatura, anunciada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante el 40º Congreso Federal del partido, le han seguido las enmiendas registradas al proyecto de Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, conocido como ley del solo sí es sí, en la dirección contraria, favorable a proteger la prostitución voluntaria.